SAP Cádiz, 10 de Enero de 2001

PonenteMANUEL DE LA HERA OCA
ECLIES:APCA:2001:52
Número de Recurso233/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución10 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª

SENTENCIA

Ilustrísimos Señores:

PRESIDENTE

Don Manuel de la Hera Oca

MAGISTRADOS

Doña Margarita Alvarez Ossorio

Don Antonio Marín Fernández

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DE

SAN FERNANDO NUMERO UNO

ASUNTO CIVIL NUMERO 267/99

ROLLO DE SALA NUMERO 233/00

En Cádiz a diez de Enero de dos mil uno.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada por los Ilmos. Srs del margen, ha visto el Rollo de Apelación de la referencia, formado para ver y fallar la formulada contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia y en el Juicio de Menor Cuantía dicho.

En concepto de apelante ha comparecido la Procuradora Doña Teresa Conde Mata en nombre y representación de Doña Begoña y de Don Ismael , haciéndolo bajo la dirección jurídica del Letrado Don Celso López Martínez.

Como apelado ha comparecido la Procuradora Doña María del Mar Deudero Sánchez que lo hizo en nombre de Don Gabriel y de Doña Teresa . con la asistencia del letrado Don Juan M. Mas Ortiz.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Manuel de la Hera Oca. conforme al turno establecido.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Formulado recurso de apelación anee el Juzgado de Primera Instancia de San Fernando Numero Uno por la representación procesal de Doña Begoña y de Don Ismael contra la Sentencia dictada el día 31 de Tulio de 2.000 por el citado Juzgado en el Juicio de Menor Cuantía número 267/99 instado por elProcurador de Don Gabriel y de Doña Teresa , se recibieron las actuaciones en la Audiencia Provincial, se formó el oportuno Rollo para conocer del recurso y se entregaron al Ponente y a las partes para instrucción, quedando señalada la vista para el día de hoy. A tal acto concurrieron los defensores de las partes.

SEGUNDO

Por los apelantes en el presente Rollo se ha manifestado en la Vista oral que no están conformes con la Sentencia apelada por cuanto ésta declara una intromisión en la propiedad de los actores que en realidad es inexistente por dos razones: la primera por formar parte del muro medianero que divide las dos propiedades el trozo de estructura que se dice invade el vuelo de la propiedad de los apelados y la segunda porque entienden que los demandantes dieron su consentimiento a la ejecución de las obras que causaron tal consecuencia; discrepa además en cuanto a la forma de valoración del perjuicio consecuente con la accesión invertida declarada tal como se ha establecido en el fundamento de derecho tercero de la sentencia recurrida; y, por último, indica que en cualquier caso se debió haber evitado la condena en costas a la parte que representa en la alzada, ya que la estimación de la demanda había sido tan solo parcial, lo que debió haber llevado al Juez de primera Instancia a no hacer especial imposición de aquellas. El patrocinio de los apelados solicita se confirme la sentencia que ha sido recurrida.

TERCERO

Tras haber manifestado los Letrados intervinientes, por su orden, lo que convino a sus intereses quedaron los autos vistos para Sentencia. Verificado lo anterior y reunida la Sala al efecto, previa propuesta del Ponente y la deliberación oportuna, se acordó el Fallo que se expresará.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se ha presentado ante la Jurisdicción una relación social controvertida de actualidad, motivada por la cada vez más frecuente utilización como vivienda habitual de casas unifamiliares adosadas que, pese a tener inicialmente una superficie escasa son susceptibles de, a través de obras diversas, aumentar el área habitable mediante la adición de nuevas estructuras que convierten las terrazas en habitaciones de uso diverso o dan mayor cabida a las salas colindantes con zonas ajardinadas. La proximidad de unas a otras obliga a que los dueños de las casas en obras deban ejecutar éstas en condiciones tales que no se produzca daño a los colindantes ocupando superficies o adquiriendo mayores vistas de las que se poseían, agravando incluso las servidumbres de este tipo expresamente constituidas en el título de propiedad o resultantes de la división de la cosa común. Producida en el caso presente la invasión del vuelo de la casa de los actores por una jácena o viga que forma parte...

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