SAP Huelva 54/2007, 30 de Marzo de 2007
Ponente | JESUS FERNANDEZ ENTRALGO |
ECLI | ES:APH:2007:91 |
Número de Recurso | 63/2007/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 54/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª |
54/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA
SECCIÓN: PRIMERA
RECURSO DE APELACIÓN
ROLLO NÚMERO: 0063/2007
PROCEDIMIENTO: JUICIO VERBAL
NÚMERO/AÑO: 0176/2006
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: LA PALMA DEL CONDADO 2
MAGISTRADOS: Ilustrísimos Señores:
Don Jesús Fernández Entralgo
(Presidente)
Don Santiago García García
Don Francisco Bellido Soria
La Sección Primera de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Huelva, en el recurso de referencia, ha dictado, EN NOMBRE DE S.M., EL REY, la siguiente
S E N T E N C I A NÚMERO
En Huelva, a treinta de marzo del dos mil siete.
La Sección Primera de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Huelva, formada por los Ilustrísimos Señores Magistrados Don Jesús Fernández Entralgo (quien la preside), Don Santiago García García y Don Francisco Bellido Soria, ha visto el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Doña María-Inmaculada García González, en nombre y representación procesal de Don Romeo, defendido por el Abogado Don Diego-Elías Porras Ramírez, contra la sentencia dictada, con fecha treinta y uno de julio del dos mil seis, en Juicio Verbal número 176 del 2006, del Juzgado de Primera Instancia número 2 de los de La Palma del Condado.
Intervino como parte apelada, Doña María Angeles, representada procesalmente por la Procuradora de los Tribunales Doña Remedios García Aparicio, y defendida por el Abogado Don Manuel Castillo Guerrero..
El Ilustrísimo Señor Magistrado Don Jesús Fernández Entralgo, actuó como Ponente, y expresa el parecer unánime del Tribunal.
Con fecha 31 de julio del 2006, se dictó sentencia, en Juicio Verbal número 176 del 2006, del Juzgado de Primera Instancia número 2 de los de La Palma del Condado.
Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:
... DESESTIMANDO íntegramente la demanda interpuesta por Dª María Angeles contra D. Romeo, RESUELVO no haber lugar a los solicitado por el demandante, condenándole al pago de las costas causadas en esta litis....
Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la Procuradora de los Tribunales Doña María-Inmaculada García González, en nombre y representación procesal de Don Romeo.
Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones.
Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista; quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.
El artículo 445 del Código Civil dispone literalmente:
La posesión, como hecho, no puede reconocerse en dos personalidades distintas, fuera de los casos de indivisión. Si surgiere contienda sobre el hecho de la posesión, será preferido el poseedor actual; si resultaren dos poseedo-res, el más antiguo; si las fechas de las posesiones fueren las mismas, el que presente título; y, si todas estas condiciones fuesen iguales, se constituirá en depósito o guarda judicial la cosa, mientras se decide sobre su posesión o propiedad por los trámites correspondientes....
.
En el presente caso, ambas partes procesales admiten una situación inicial en la que -sin proceder previamente a la división del inmueble del que eran copropietarias- se habían distribuido (aparentemente sin oposición de terceros interesados) el uso de partes determinadas de la finca, compartiendo el del cuarto de baño y la terraza.
En la sentencia recurrida, se considera acreditado, por prueba testifical,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba