SAP Alicante 35/2004, 29 de Enero de 2004
Ponente | Federico Rodríguez Mira |
ECLI | ES:APA:2004:164 |
Número de Recurso | 701/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 35/2004 |
Fecha de Resolución | 29 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 4ª |
D. Federico Rodríguez MiraD. Manuel B. Flórez MenéndezD. Manuel Alenda Salinas
A.P. Alicante (Secc. 4ª). Rollo 701.03.
Ilmo. Sr. D. Federico Rodríguez Mira
Ilmo. Sr. D. Manuel B. Flórez Menéndez
Ilmo. Sr. D. Manuel Alenda Salinas
En la ciudad de Alicante, a veintinueve de enero de dos mil cuatro.
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Alicante, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados antes citados y
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA Nº 35/04
En el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada D. Jose Antonio y Dª. Lourdes , representado por el Procurador Sr. Gómez Gras, y asistida por el Letrado Sr. Senent Blanco, frente a la parte apelada Cosiac Consultan, S.A., representada por laProcuradora Sra. Almodóvar González, y asistida por el Letrado Sr. Claramunt Pérez, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Novelda, habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. Federico Rodríguez Mira.
Por el Juzgado de Primera Instancia número dos de Novelda, en los autos de juicio cambiario número 302/02, se dictó en fecha 18-07-03 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Desestimar la oposición formulada por el Procurador de los Tribunales, don Javier Gómez Gras, en nombre y representación de don Jose Antonio y doña Lourdes , en el Juicio Cambiario 302/02, iniciado a instancia de la entidad "Cosiac Consultan, S.A.", representada por laProcuradora de los Tribunales, doña Mercedes Almodóvar González, declarando que la ejecución despachada por auto de treinta de abril de dos mil tres ha de seguir adelante por la cantidad de dieciséis mil, cuarenta y siete euros, con dos céntimos (16.047'02 Euros), correspondientes a principal (12.020'24 Euros), gastos de devolución (120'20 Euros) y la cantidad que se fija prudencialmente para intereses y costas (3.906'58 Euros)."
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, habiéndose tramitado el mismo por escrito ante el juzgado de instancia, en la forma prevista en la L.E.C. 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelaciónnúmero 701/03, señalándose para votación y fallo el día 28-01- 04.
La sentencia de instancia declaró procedente la ejecución despachada en su día contra los ejecutados, rechazando, por un lado, la petición de suspensión del Juicio...
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