SAP Madrid 663/2003, 15 de Julio de 2003
Ponente | D. JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ |
ECLI | ES:APM:2003:8618 |
Número de Recurso | 7/2002 |
Número de Resolución | 663/2003 |
Fecha de Resolución | 15 de Julio de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
D. JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZD. LORENZO PEREZ SAN FRANCISCOD. PEDRO POZUELO PEREZ
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 18
Rollo: NULIDAD DEL LAUDO ARBITRAL 7 /2002
Recurrente: David
Procurador: Mª JOSÉ CARNERO LÓPEZ
Recurrido: COMUTEL CINCO, S.L.
Procurador: LUCIA CARAZO GALLO
Ponente: ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
SENTENCIA Nº
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
Ilmo. Sr. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
Ilmo. Sr. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
En MADRID , a quince de julio de dos mil tres.
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto el Recurso de Anulación contra el Laudo Arbitral dictado por la Asociación Europea de Arbitraje de Derecho y Equidad en fecha 6 de marzo de 2002 siendo parte recurrente DON David representado por la Procuradora Sra. Carnero López y como parte recurrida COMUTEL CINCO S.L. representada por la Procuradora Sra. Carazo Gallo.
VISTO siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ.
Por David se ha promovido recurso de anulación del laudo arbitral 7 /2002 ; de lo que se ha dado traslado al recurrido COMUTEL CINCO , que lo ha impugnado dentro del término concedido.
Habiéndose substanciado el procedimiento por los trámites previstos legalmente se señaló el día 10 de julio de 2003 para la deliberación, votación y fallo del mismo.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
Interpuesto por D. David recurso de anulación contra el laudo arbitral de equidad de fecha 6 de marzo de 2002 dictado por la Asociación Española de Arbitraje de derecho y Equidad, personalizada en el árbitro D. Carlos José González Nieto, protocolizado notarialmente el 12 de marzo siguiente, se fundamentó tal pretensión en la infracción de la notificación del inicio del procedimiento arbitral y de la concesión de trámite de alegaciones así como en la nulidad de la cláusula de sometimiento a arbitraje al estar contenida en un puro contrato de adhesión, pretensión a la que se opuso la entidad recurrida alegando con carácter previo las excepciones de caducidad de la acción al haber sido presentado el recurso fuera del plazo fijado en el artº. 46 2 LA y la extemporaneidad de las alegaciones al no haber procedido a formular las mismas dentro del proceso arbitral.
Planteada así la cuestión ante esta Sala y comenzando por el examen de la primera de las alegaciones formuladas por la parte recurrida, es cierto que la misma ya fue puesta de manifiesto por esta Sala cuando hubo de pronunciarse sobre la admisión a trámite del presente recurso de...
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