SAP Barcelona 467/2007, 20 de Junio de 2007

PonenteJOSE MARIA ASSALIT VIVES
ECLIES:APB:2007:8726
Número de Recurso105/2007
Número de Resolución467/2007
Fecha de Resolución20 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN QUINTA

ROLLO Nº 105-2007-G

JUICIO DE FALTAS Nº 9-2006

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 2 DE VILAFRANCA DEL PENEDÈS

S E N T E N C I A N ú m.

En la ciudad de Barcelona, a veinte de junio de dos mil siete.

VISTO, en grado de apelación, por el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Mª Assalit Vives, constituido en Tribunal Unipersonal, el Juicio de Faltas seguido bajo el nº 9-2006 por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Vilafranca del Penedès, por una falta de lesiones por imprudencia, en el que fueron partes Génesis Seguros, María Cristina y el Ministerio Fiscal por la acusación pública; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Génesis Seguros contra la Sentencia dictada en los mismos el día 31 de enero de 2007 por el Sr. Juez del expresado Juzgado, y comparecido como apelado María Cristina y el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Debo condenar y condeno a DOÑA Ángela como autora responsable de una falta de lesiones imprudentes del artículo 621.3 y 4 del Código Penal a la pena de DOS MESES (2 MESES) MULTA, a razón de CUATRO EUROS (4 euros) diarios, quedando sometida a la responsabilidad personal subsidiaria que prevé el artículo 53 del Código Penal en caso de impago; así como a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de SEIS MESES ( 6 meses ). Debo condenar y condeno a DOÑA Ángela y la COMPAÑÍA ASEGURADORA GÉNESIS SEGUROS GENERALES S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, en concepto de responsables civiles directos, a indemnizar a DOÑA María Cristina en la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ EUROS CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS ( 35.310,45 euros). ".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por Génesis Seguros, y admitido se le dio el trámite correspondiente por el Juzgado instructor, elevándose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia para la resolución del recurso.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

ÚNICO.- Se admiten y se dan por reproducidos en esta alzada los hechos probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten y se dan por reproducidos en esta alzada los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

La única recurrente es la compañía aseguradora GÉNESIS SEGUROS GENERALES, S.A. de Seguros y Reaseguros (Grupo Liberty Seguros), que fue condenada en méritos de la sentencia recurrida como responsable civil directa, como aseguradora, dentro de los límites del seguro obligatorio -hechos probados y fundamento jurídico quinto de dicha resolución-, del vehículo conducido por la acusada, también condenada en dicha resolución, Ángela ), como autora criminalmente responsable de una falta de lesiones imprudentes.

La sentencia...

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