SAP Cádiz 35/2006, 28 de Marzo de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL FELIZ MARTINEZ
ECLIES:APCA:2006:452
Número de Recurso3/2006
Número de Resolución35/2006
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 3ª

MANUEL CARLOS GROSSO DE LA HERRANANA MARIA RUBIO ENCINASMIGUEL ANGEL FELIZ MARTINEZ

S E N T E N C I A Nº 35/06

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

Sección Tercera

PRESIDENTE, ILMO. SR.

MANUEL GROSSO DE LA HERRÁN

MAGISTRADOS, ILMOS. SRES.

ANA MARIA RUBIO ENCINAS

MIGUEL ÁNGEL FELIZ Y MARTÍNEZ

REFERENCIA:

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 3/2006

DILIGENCIAS PREVIAS Nº 879/2004

JUZGADO DE ORIGEN: J. 1ª Instancia e Instrucción Nº 3 Sanlúcar

En la Ciudad de Cádiz a veintiocho de Marzo dos mil seis.

Vista, en juicio oral y público, por la Sección Tercera de esta Audiencia, la causa dimanante de las Diligencias Previas tramitadas en el Juzgado de Instrucción señalado; seguidas por delito de LESIONES contra el acusado Alfonso , con D.N.I. nº NUM000 , natural de Sevilla, nacido el día 04-04-1985, hijo de Manuel y de Josefa, sin antecedentes penales, con domicilio en CALLE000 nº NUM001 , NUM002NUM003 , 41.006-Sevilla; teléfonos NUM004 y NUM005 , que está representado por la Procuradora Dª Mª Isabel Gómez Coronil y defendido por el Letrado D. Miguel Gallego Vega.

Ha sido parte el MINISTERIO FISCAL y Ponente, el Ilmo. Sr. Magistrado D. MIGUEL ÁNGEL FELIZ Y MARTÍNEZ, que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La presente causa tiene origen en diligencias previas tramitadas en el Juzgado de Instrucción referenciado, y con el número indicado, y seguida por todos sus trámites, se formuló por el Ministerio Fiscal escrito de acusación, calificando los hechos como constitutivos de un delito de Lesiones del artículo 150 del Código Penal , designando como autor al acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando para el acusado una pena de tres años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y las costas procesales y se haga entrega al perjudicado Gonzalo de la cantidad consignada de 2.119'50 Euros por las lesiones causadas.

SEGUNDO

Dictado por el Instructor el Auto preceptivo, la representación de los acusados formuló escrito de defensa, mostrando su disconformidad con los hechos relatados en el escrito de acusación, siendo remitidas las actuaciones a esta Audiencia, quedando registradas y señalándose fecha para el juicio, que tuvo lugar el día de la fecha en forma oral y pública, con asistencia del Ministerio Fiscal, de los acusados y de su defensa, dándose cumplimiento a todas las formalidades legales.

TERCERO

En el acto del Juicio Oral, el Ministerio Público, y la defensa del acusado, con la aquiescencia de los mismos, solicitaron de esta Sala se procediera a dictar sentencia de conformidad con la acusación que en el mismo acto fue formulada por dicho Ministerio Público, y en la cual modificó su acusación inicial en el sentido de solicitar para el acusado Alfonso , como autor de un delito del artículo 147-1 del Código Penal , la aplicación de la atenuante de...

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