AAP Madrid 13/2004, 23 de Enero de 2004

ECLIES:APM:2004:856
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución13/2004
Fecha de Resolución23 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

ROLLO 532-03

JUDO. INST Nº 5 DE ALCALA DE HENARES

J. FALTAS 254-03

SENTENCIA Nº 13/04

AUDIENCIA PROVINCIAL

ILMO. SR. DE LA SECCION 23ª

D. ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN

En Madrid a veintitrés de enero de 2004.

El Ilmo. Sr. Magistrado de esa Audiencia Provincial, D. ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN, actuando como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82-2º párrafo 2º de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto en segunda instancia la presente apelación contra Sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción nº 5 de Alcalá de Henares, con fecha 30 de Septiembre de 2003, en el Juicio de Faltas seguido ante dicho Juzgado bajo el nº 254/03, habiendo sido partes: el apelante Hugo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la Sentencia apelada se establecen como hechos probados que: "Resulta probado y así se declara que sobre 00.05 horas del día 29 de marzo de 2003, en la Ronda Henares, dirección ronda Fiscal, se produjo un accidente de circulación consistente en el alcance del vehículo Fiat Punto ....-SHC, conducido por D. Hugo y en el que viajaba también Doña Marta por el turismo fiat Punto ....-ZPY, conducido por D. Juan Luis y asegurado en Allianz. El accidente tiene lugar cuando el primer vehículo se encontraba detenido ante un semáforo en fase roja, y fue debido a que D. Juan Luis, no circulaba prestando la debida atención. A consecuencia del accidente, Doña Marta sufrió lesiones habiendo sido indemnizada por la Compañía de seguros Allianz y D. Hugo sufrió lesiones consistentes en esguince cervical, precisando para la curación además de la primera asistencia facultativa, 39 días durante los cuales estuvo impedido para sus ocupaciones habituales resultando con secuelas consistentes en cervicalgia sin irritación braquial . Y el Fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo absolver y absuelvo a D. Juan Luis de los hechos enjuiciados en las presentes actuaciones declarando las costas de oficio.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación para ante esta Audiencia Provincial por el referido apelante. Remitidas las actuaciones a esta Sección 23ª se formó el Rollo correspondiente con el nº 532/03, señalándose para resolución del recurso el día 23 de enero de 2004.

HECHOS PROBADOS

SE ACEPTAN los que se declaran, como tales, en la Sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Considera...

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