SAP Vizcaya 23/2002, 9 de Enero de 2002
Ponente | ANTONIO GARCIA MARTINEZ |
ECLI | ES:APBI:2002:68 |
Número de Recurso | 428/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 23/2002 |
Fecha de Resolución | 9 de Enero de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº23/02
ILMOS. SRES.
D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI
D. ANTONIO GARCÍA MARTÍNEZ
DÑA. LOURDES ARRANZ FREIJOEn BILBAO, a nueve de Enero de dos mil dos.
Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Srs. Magistrados, los presentes autos de Juicio de Menor Cuantia nº 368/99, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Bilbao y seguidos entre partes: Como apelante Ignacio representado por la Procuradora Sra. Garcés González y dirigido por la Letrado Sra. Gómez Teruelo y como apelada que se opone Estíbaliz representada por el Procurador Sr. Gallego Gómez y dirigida por el Letrado Sr. Goikoetxea Uriarte.
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
La Sentencia de instancia de fecha 26 de Marzo de 2001 es de tenor literal siguiente:
FALLO: Que debía desestimar y desestimaba íntegramente la demanda formulada por D. Ignacio representado por la procuradora Sra. Garcés González, contra Dª Estíbaliz , representada por el procurador Sr. Gallego Gomez, con expresa imposición al demandante de las costas causadas.
Llévese testimonio de esta sentencia a los autos de separación nº 224/92 de este juzgado a fin de que surta los efectos oportunos respecto de la liquidación de la sociedad de gananciales.
Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación del demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 428/01 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.
Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO GARCÍA MARTÍNEZ
El recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de D. Ignacio contra la sentencia dictada en primera instancia ha de ser desestimado en base a las siguientes consideraciones con las que se contesta a los motivos alegados como fundamento de la impugnación: a) no es cierto que la sentencia apelada no haya resuelto los pedimentos planteados, lo ha hecho, si bien que en sentido desestimatorio, rechazando, así las cosas, la demanda que había sido interpuesta; b) no es necesario que en las sentencias civiles se hagan constar los hechos probados, si bien es preciso, y esto se cumple por la sentencia impugnada, que no puede considerarse, en forma alguna, carente de motivación,...
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