SAP Barcelona 236/2005, 18 de Mayo de 2005
Ponente | JORDI LLUIS FORGAS FOLCH |
ECLI | ES:APB:2005:5162 |
Número de Recurso | 377/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 236/2005 |
Fecha de Resolución | 18 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª |
D. IGNACIO SANCHO GARGALLOD. LUIS GARRIDO ESPAD. JORDI LLUIS FORGAS FOLCH
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN QUINCE
ROLLO NÚM. 377/2004 - Sección 3ª
PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 520/2003
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM. 21 DE BARCELONA
SENTENCIA Núm. 236/05
Ilustrísimos Señores Magistrados:
D. IGNACIO SANCHO GARGALLO
D. LUIS GARRIDO ESPA
D. JORDI LLUIS FORGAS FOLCH
En la ciudad de Barcelona, a Dieciocho de mayo de dos mil cinco.-
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario número 520/2003 seguidos ante el Juzgado de primera instancia número Veintiuno de los Barcelona a demanda de FMR SpA, contra DIFUSORA INTERNACIONAL EMPRESA EDITORIAL, SA, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud de recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la Sentencia de dieciséis de marzo de dos mil cuatro dictada por dicho Juzgado.
El tenor de la resolución apelada es el siguiente: FALLO Estimar la demanda interpuesta por FMR SpA contra Difusora Internacional, Empresa Editorial, SA, representada por el Procurador Sr Anzizu Furest y declarar la nulidad de la marca núm. 1525.2111 FMR (Mixta) de la clase 16 inscrita a favor de la demandada con la correspondiente anotación de tal nulidad en ele Registro de la Oficina española de Patentes y Marcas además de imponer a la demandada las costas causadas.
Comparecieron en esta alzada, en calidad dichas, la mentada parte demandada representada por el Procurador de los Tribunales D. Santiago Puig de la Bellacasa asistida de Letrado y la demandada representada por el Procurador de los Tribunales D Antonio Maria de Anzizu Furest asistidos de Letrado.
Para la vista del recurso se señaló la audiencia del día veinticinco de abril del año en curso, con el resultado que obra en la precedente diligencia de expedida por el Sr. Secretario de ésta Sala.
Es ponente de la Sentencia el Ilustrísimo Señor Magistrado D. JORDI LLUIS FORGAS FOLCH
La Sentencia de la primera instancia, con estimación de la demanda presentada por FMR, SPA, contra Difusora Internacional, Empresa Editorial, SA, declaró la nulidad de la marca FMR (mixta), núm. 1.525.211 inscrita a favor de la demandada en la clase 16ª del nomenclator internacional. Contra a ese pronunciamiento se alza, en esta instancia, la parte demandada para interesar, con la apreciación de su recurso, la íntegra desestimación de la demanda en su día deducida. Para ello alega, en primer lugar, la existencia de autorización por la aludida demandante para la inscripción del mencionado signo distintivo y, en segundo lugar, aduce causas justificativas de la inscripción de la mencionada marca a su nombre.
En el escrito de demanda, la sociedad italiana FMR, SpA, ejercitó la acción de declarativa y la de condena con base en la titularidad que ostenta sobre distintas marcas (documentos núms. 7 a 14 de los adjuntados ala demanda) y ello al amparo lo establecido en los artículos 51, 10 y 8 de la Ley 17/2000, de 7 de diciembre, de Marcas. Se ha acreditado que en fecha 30 de agosto de 1989, Franco Maria Ricci editore, SpA, y Ebrisa, SA, firmaron un contrato en virtud del cual el primero cedía a la segunda, en exclusiva, el derecho de editar la revista de contenido cultural y sobre arte denominada FMR para su publicación en lengua española (doc. 15 de los...
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ATS, 27 de Mayo de 2008
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