SAP Granada 831/2004, 13 de Diciembre de 2004

PonenteENRIQUE ANGLADA FORS
ECLIES:APGR:2004:2527
Número de Recurso15/2004
Número de Resolución831/2004
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 4ª

SENTENCIA

Ilmos.Sres.

D. ENRIQUE ANGLADA FORS

Dª. ANA MARÍA GARCÍA ESQUIUS

Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

En la ciudad de Barcelona, a trece de diciembre de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de oposición de medidas de protección de menores, nº 76/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº Cuarenta y cinco de Barcelona , a instancia de DOÑA Melisa representada por la Procuradora DOÑA PAULA SANCHEZ HIDALGO y dirigida por el Letrado DON E. ARCOS SIGÜENZA, contra la DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN AL MENOR DE LA GENERATITAT DE CATALUNYA, dirigida por la Letrada DOÑA Mª TERESA ROMERA BALLART, y con la debida intervención del MINISTERIO FISCAL; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandante, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 17 de octubre de 2003 , por la Ilma. Sra. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimo la demanda formulada por el Procurador Dª Paula Sánchez Hidalgo en nombre y representación de Dª Melisa , contra la Dirección General de Atención a la Infancia y declaro no haber lugar a la revocación de las resoluciones dictadas el 19 de marzo de 2001, el 11 de octubre de 2002 y el 16 de diciembre de 2002 que constituyen la medida de acogimiento simple de los menores Luis Alberto y Ildefonso , resoluciones que se confirman en todos sus extremos, sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de la demandante, del que se dio el pertinente traslado a las otras partes en litigio, presentando tanto la D.G.A.M. como el Ministerio Fiscal escritos de oposición al mismo, tras lo cual se remitieron los autos a estaSuperioridad, y recibidas las actuaciones, se designó Ponente y se señaló para deliberación, votación y fallo el día 18 de noviembre de 2004.

TERCERO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de la Sección, D. ENRIQUE ANGLADA FORS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida, que desestima la oposición formulada por Doña Melisa contra las resoluciones de la Dirección General de Atención al Menor de fechas19 de marzo de 2001 y 11 de octubre y 16 de diciembre de 2002 y confirma la medida de acogimiento simple en centro residencial y sus prórrogas acordada por la Entidad Pública, debe ser ratificada por sus propios y acertados razonamientos, al resultar los mismos perfectamente...

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