SAP Barcelona 662/2004, 28 de Septiembre de 2004
Ponente | MARIA DEL CARMEN MUÑOZ JUNCOSA |
ECLI | ES:APB:2004:11325 |
Número de Recurso | 763/2003 |
Número de Resolución | 662/2004 |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
D. JOAQUIN DE ORO-PULIDO LOPEZDª. MARIA DEL CARMEN MUÑOZ JUNCOSAD. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN ONCE
ROLLO Nº 763/2003
VERBAL NÚM. 883/2002
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 48 DE BARCELONA
S E N T E N C I A N ú m. 662
Ilmos. Sres.
D. JOAQUÍN DE ORO PULIDO LÓPEZ
Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA
D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS
En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de septiembre de dos mil cuatro.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de verbal nº 883/2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 48 de Barcelona, a instancia de D/Dª. Rafael y Luisa , contra LAST MINUTE NETWORK, S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 16 de abril de 2003, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Ros, en nombre y representación de D. Rafael y Dña. Luisa , debo absolver y absuelvo a la demandada LASTMINUTE NETWORK, S.L., con imposición de costas a la demandante."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 14 de julio de 2004.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA.
Alegan los actores en la demanda que adquirieron dos pasajes a Londres a través de la demandada y al regresar se dirigieron, en el aeropuerto de Gatwick al mostrador para recoger la tarjeta de embarque dentro del tiempo para hacerlo, manifestándoles la encargada haberse cerrado el vuelo a causa de un error informático y no ser posible introducir en el ordenador a nuevos pasajeros. Reclaman los actores el importe de los dos pasajes que hubieron de adquirir para regresar a Barcelona, 266'47 euros. La sentencia apelada entiende que fue la negligencia de los actores la que motivó que no pudieran regresar a Barcelona con los pasajes adquiridos a la demandada. El apelante motivo su recurso en la errónea valoración de la prueba que a...
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