SAP Valencia 382/2005, 17 de Junio de 2005
Ponente | MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA |
ECLI | ES:APV:2005:3046 |
Número de Recurso | 358/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 382/2005 |
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº: 382
SECCION SEPTIMA:
Ilustrísimos Señores Magistrados:
Presidenta:
Dª Mª del Carmen Escrig Orenga.
Magistrados:
Dª Pilar Cerdán Villalba.
Dª María Ibáñez Solaz
En la Ciudad de Valencia a 17 de junio de 2005.
Vistos ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario 619/03, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de Carlet , entre partes, de una como demandante-APELANTE, DON Miguel Ángel , y como demandante-apelado DON Ignacio , representados por el Procurador D. José Fidel Novella Alarcón; y de otra como demandados-APELANTES DON Silvio Y MUTUA DE SEGUROS DE LA PANADERIA, representados por el Procurador D. Julio Just Vilaplana.
Es Ponente la Ilma. Sra. Magistrada doña Mª del Carmen Escrig Orenga.
En dichos autos por el Ilmo. Sr. Juez de Primera Instancia número 1 de los de Carlet, en fecha 22 de noviembre de 2004, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los tribunales D. Jose Fidel Novella Alarcón, en nombre y representación de D. Miguel Ángel y D. Ignacio , se condena de forma conjunta y solidaria a los demandados, D. Silvio y a la entidad Aseguradora Mutua de Seguros de la Panaderia a satisfacer a los demandados las siguientes cantidades:
-A D. Miguel Ángel la cantidad de 2182,77 euros por daños materiales ocasionados.
-A D. Ignacio la cantidad de 1230,40 euros, 458,10 euros por los daños personales ocasionados y 772,30 euros por los daños materiales.
Todo ello, respondiendo la entidad aseguradora hasta el límite del seguro obligatorio, más losintereses legales expresados en el fundamento jurídico quinto de esta resolución, y condenando a los demandados al abono de las costas procesales."
Contra dicha sentencia por la representación del demandante Sr. Miguel Ángel y por los demandados se interpusieron sendos recursos de apelación que fueron admitidos en ambos efectos y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia en donde comparecieron dentro de plazo, se ha tramitado el recurso, acordándose el día 13 de junio de 2005 para la celebración de la Votación y Fallo, fecha en que ha tenido lugar.
En la tramitación de los autos y del recurso en ambas instancias, se han observado las prescripciones legales en materia de procedimiento.
Mediante el presente Recurso de Apelación las partes someten a la consideración de la Sala dos cuestiones, la parte demandante el importe de la indemnización a percibir por la pérdida del vehículo de su propiedad, dado que la reparación era antieconómica, y la parte demandada la condena al pago de las costas puesto que la estimación de la demanda ha sido parcial.
Respecto de la primera de las cuestiones, el importe de la indemnización por la pérdida...
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