SAP Madrid 467/2006, 14 de Noviembre de 2006
Ponente | ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ |
ECLI | ES:APM:2006:14076 |
Número de Recurso | 800/2005 |
Número de Resolución | 467/2006 |
Fecha de Resolución | 14 de Noviembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 21ª |
ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ GUILLERMO RIPOLL OLAZABAL RAMON BELO GONZALEZ
AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 21
MADRID
SENTENCIA: 00467/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 21
1280A
Tfno.: C/ FERRAZ, 41 Fax: 913971838-39-41-42
-
N.I.G. 28000 1 7011795/2004
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 800/2004
Proc. Origen: JUICIO VERBAL 337/2004
Órgano Procedencia: JDO. 1A. INST. E INSTRUCCIÓN N. 2 de ALCALA DE HENARES
Ponente: ILMA. Dª. ROSA MARÍA CARRASCO LÓPEZ
CM
De: Romeo
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Contra: MUTUA MADRILEÑA DE TAXIS
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
SENTENCIA
MAGISTRADOS Ilmos Sres.:
D. GUILLERMO RIPOLL OLAZÁBAL
Dª. ROSA MARÍA CARRASCO LÓPEZ
D. RAMÓN BELO GONZÁLEZ
En Madrid, a catorce de noviembre de dos mil seis. La Sección Vigésimoprimera de la
Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio verbal número 337/2004, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Alcalá de Henares, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante don Romeo, y de otra, como apelados-demandados don Hugo y Mutua Madrileña de Taxis.
VISTO, siendo Magistrado Ponente la ILMA. Sra. Dª. ROSA MARÍA CARRASCO LÓPEZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Alcalá de Henares, en fecha 23 de julio de 2004, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debía desestimar la demanda interpuesta por Romeo, representado por la Procuradora Doña Ascensión Llamas Villar y asistido por el Letrado Don Germán Capuchino Gallego, contra Hugo Y MUTUA MADRILEÑA DE TAXIS, representados por la Procuradora Doña Concepción Iglesias Martín y asistidos por la Letrada Doña Elena Ducali sin hacer expresa condena acerca de las costas de este juicio."
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, admitido en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada, quién se opuso en tiempo y forma. Elevándose los autos junto con oficio ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de 1 de junio de 2006, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 13 de noviembre de 2006.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
El hecho que dio origen al Juicio verbal del que trae causa esta apelación fue la colisión ocurrida el día 19 de mayo de 2003 en la Calle José María Pereda entre la Vespino W-....-WMS que era conducida, con autorización de su dueña, por D. Romeo -demandante- y el vehículo Lancia G-....-GJ que era conducido por su propietario D. Hugo, y consecuencia de la cual, al caer la moto, resultó el demandante con lesiones por las que demandó ejercitando acción indemnizatoria contra el propietario del vehículo y la aseguradora Mutua Madrileña de Taxis, porque el hecho había tenido lugar por ejecutar de forma incorrecta el codemandado el adelantamiento no respetando la...
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