SAP Jaén 699/2000, 18 de Diciembre de 2000
Ponente | JOSE MARIA RUIZ MORENO |
ECLI | ES:APJ:2000:2166 |
Número de Recurso | 229/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 699/2000 |
Fecha de Resolución | 18 de Diciembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª |
SENTENCIA Núm. 699
Iltmos. Sres.
Presidente
D. JOSE REQUENA PAREDES
Magistrados
D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA
D. JOSE MARIA RUIZ MORENO
En la ciudad de Jaén, a dieciocho de Diciembre del dos mil.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ejecutivo seguidos en primera instancia con el número 12 del año 1.998 por el Juzgado de Primera Instancia n° dos de Cazorla, rollo de apelación de esta Audiencia número 229 del año 1.999 , a instancia de UNICAJA representada ante este Tribunal, como apelante por la Procuradora Sra. Moral Carazo y defendida por, el Letrado Sr. Megina Pulido, contra D. Imanol en situación de rebeldía y contra Dª. Sara no personada en esta alzada.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° dos de Cazorla con fecha dieciséis de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho .
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que, estimando en parte la demanda ejecutiva deducida por la Procuradora señora Higueras Torres, en nombre y representación de la mercantil "Unicaja", contra doña Sara don Imanol , debo ordenar y ordeno que continúe adelante la ejecución despachada hasta hacer trance y remate los bienes embargados a los ejecutados antes referidos, para con su producto hacer entero y cumplido pago al acreedor antes mencionado por la cantidad de TRESCIENTAS NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTAS NOVENTA Y TRES PESETAS (393.693 ptas.) en concepto de principal, mas CIENTO VEINTE MIL PESETAS (120.000 pesetas) que se presupuestan para intereses procesales, ello sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas del procedimiento.".
Contra dicha sentencia se interpuso por la representación procesal de la parte actora, en tiempo y forma, recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia n° dos de Cazorla, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes, para comparecer ante la misma.
Recibidos los autos en este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrara el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vistael día 29 de Noviembre de 2.000, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra por la que se acuerde seguir adelante la ejecución despachada y se impongan las costas de ambas instancias.
Siendo Ponente el Magistrado suplente D. JOSE MARIA RUIZ MORENO.
ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.
Dictada sentencia con fecha de 16-9-1998 en juicio ejecutivo contra Dña. Sara y contra
D. Imanol , en constante situación de rebeldía, la resolución de instancia acoge parcialmente la demanda ejecutiva ordenando seguir adelante la ejecución, si bien reduciendo los intereses moratorios pactados en la póliza de préstamo en un 40 por 100 en aplicación de la doctrina del abuso del derecho. Recurrida la anterior resolución se solicita por la representación procesal de la mercantil UNICAJA se siga adelante con la ejecución de conformidad con el auto de fecha 20 de enero de 1998 , al tiempo que se...
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