SAP Málaga 695/2003, 18 de Septiembre de 2003
Ponente | JOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENA |
ECLI | ES:APMA:2003:3675 |
Número de Recurso | 1096/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 695/2003 |
Fecha de Resolución | 18 de Septiembre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 695
AUDIENCIA PROVINCIAL MALAGA
Sección 4ª
PRESIDENTE ILMO. SR.
D.MANUEL TORRES VELA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D.JOAQUIN DELGADO BAENA
D.FLORENCIO DE MARCOS MADRUGA
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZG. Nº 3 DE MARBELLA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 1096/2002
JUICIO Nº 1/2001
En la Ciudad de Málaga a dieciocho de septiembre de dos mil tres.
Visto, por la Sección 4ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Juicios de Cognición seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Everardo que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. SANCHEZ DIAZ , IGNACIO A. y defendido por el Letrado D. RAMIREZ GANDARA, JOSE MARIA. Es parte recurrida D.A.S. DEFENSA JURIDICA que está defendido por el Letrado D. RICARDO FERNANDEZ PALACIOS MARTINEZ, que en la instancia ha litigado como parte demandada .
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 25/07/02, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que desestimando totalmente la demanda interpuesta por la representación de D. Everardo frente a D.A.S., Defensa Jurídica, debo absolver y absuelvo a la demandada de la pretensión ejercitada en su contra, cimponiendo a la actora las costas causadas en el presente procedimiento..
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 11/09/03 quedando visto para sentencia.TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.
Por la representante procesal de D. Everardo , que comparece en calidad de apelante, se alega que efectivamente existe un contrato de seguro, en el que se firmaron unas condiciones particulares de la póliza pero no unas generales que se consideran más restrictivas, por lo que solicita se dicte una nueva sentencia de acuerdo con sus pedimentos.
Por la representación de la entidad ,D.A.S.", se presentó escrito de oposición al recurso planteado, impugnando las alegaciones realizadas de contrario y solicitando la confirmación de la resolución recurrida por entender que la misma es ajustada a derecho.
En el caso de autos nos encontramos ante una póliza de seguros de defensa jurídica para conductores...
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