SAP Barcelona, 6 de Julio de 2001

PonenteINMACULADA CONCEPCION ZAPATA CAMACHO
ECLIES:APB:2001:6807
Número de Recurso892/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA

Dª INMACULADA ZAPATA CAMACHO

D. JOSÉ LUIS VALDIVIESO POLAINO

En la ciudad de Barcelona, a seis de julio de dos mil uno.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de menor cuantía nº 386/97, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Barcelona, a instancia de D. Mauricio , representado por la Procuradora Dª Irene Solá Solé, y dirigido por el Letrado Sr. Martínez Andrés, contra D° Teresa , representada por la Procuradora Dª Antonia Meca Cabrill-aná, y dirigida por el Letrado D. Enric González Plaza; contra D. David , representada por la Procuradora Dª Rosa Mª. Carreras Cano y dirigido por el Letrado Sr. Rubio Camacho, y contra Dª Ana María

, incomparecida en esta alzada y representada en los Estrados del Tribunal; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud de los recursos de apelación interpuestos por los codemandados Dª. Teresa y D. David , habiéndose adherido la parte actora, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 10 de junio de 2000, por la Sra. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda interpuesta por el Procurador Dª Irene Sola Sole en nombre y representación de Benedicto , fallecido continuando el ejercicio de la acción por su heredero D. Mauricio contra Dª Teresa , D. David y Dª Ana María , declaro el derecho de la parte a poseer la vivienda sita en la calle DIRECCION000 nº NUM000 - NUM001 , piso NUM002 , puerta NUM003 , de Barcelona. Ello sin expresa declaración sobre las costas procesales".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpusieron recursos de apelación por los codemandados D° Teresa y D. David , habiéndose adherido la parte actora, y admitidos los mismos enambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, excepto la codemandada D, Ana María , se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día veintiséis de junio de dos mil uno, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada

D INMACULADA ZAPATA CAMACHO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Frente al pronunciamiento íntegramente estimatorio de la demanda contenido en la sentencia apelada se alzan los demandados Dª Teresa y D. Benedicto insistiendo en la improcedencia de la acción allí ejercitada y manteniendo la preferencia sobre el derecho de propiedad del actor de su derecho de uso de la que era vivienda familiar, asignado en el procedimiento de separación matrimonial de la Sra. Teresa y su esposo, hijo del inicial demandante, D. Benedicto , que falleció en el curso del procedimiento y en cuya posición procesal se subrogó su hijo y heredero, D. Mauricio .

Ante todo, se ha de poner de manifiesto que no son de recibo los argumentos esgrimidos por los recurrentes relativos a la persistencia de la situación económica de necesidad que determinó en su día (hace prácticamente 20 años) la atribución del uso de la vivienda familiar a la esposa e hijos entonces menores de edad en la sentencia de separación, medida que se mantuvo en la posterior sentencia de divorcio. Porque en definitiva ha quedado acreditado en el pleito que tanto la Sra. Teresa como sus hijos, ya mayores de edad, cuentan con ingresos propios (v certificados unidos a los folios 35 a 39, 83 a 85, 230 a 235 y 287), siendo además la primera propietaria de un apartamento y plaza de parking en la localidad de Castelldefels (v nota del Registro de la Propiedad unida a los...

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