SAP Barcelona 28/2004, 19 de Enero de 2004
Ponente | ROSA Mª AGULLO BERENGUER |
ECLI | ES:APB:2004:438 |
Número de Recurso | 30/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 28/2004 |
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª |
D. Mª EUGENIA ALEGRET BURGUESDª. Dª. ROSA Mª AGULLO BERENGUERD. JOANA FONTANA RODRIGUEZ DE ACUÑA
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCION DECIMOCUARTA
ROLLO Nº 30/03
PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 44/20002
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 42 BARCELONA
S E N T E N C I A N ú m.
Ilmos. Sres.
Dª Mª EUGENIA ALEGRET BURGUES
Dª ROSA Mª AGULLO BERENGUER
Dª JOANA Mª FONTANA RODRIGUEZ DE ACUÑA
En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de Enero de dos mil cuatro.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimocuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario, número 44/02 seguidos por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA 42 DE BARCELONA , a instancia de D/Dª. Paula , contra AGFA GEVAERT S.A. ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 13 de septiembre de 2002, por el/la Juez del expresado Juzgado.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimando la demanda interpuesta por Paula contra la entidad AGFA GEVAERT , absuelvo a la entidad demandada de los pedimentos contenidos en la demanda
Se imponen las costas de este procedimiento a la parte actora ".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial .
Se señaló para votación y fallo el día 11 de diciembre de 2003.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. ROSA Mª AGULLO BERENGUER .
Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada
En este pleito se pretende por la actora Sra. Paula que se declare la extinción de la garantía constituida a favor de la demandada mediante escritura pública de reconocimiento de deuda e hipoteca de fecha 23 de julio de 1986 condenando a la parte demandada a desistir de la ejecución seguida al amparode tal título ante el Juzgado de primera instancia 6 de Barcelona, basando su pretensión en la extinción de la obligación principal por prescripción. Entiende la actora apelante que la deuda principal esta prescrita al amparo de lo dispuesto en diversos preceptos legales. En primer lugar atendiendo a lo dispuesto en el artículo 1966.3 CC considerando que en el caso de préstamo es de aplicación tal plazo al estar dividida la obligación en una pluralidad de prestaciones periódicas. En segundo lugar, se alega la prescripción por entender que siendo la letra de cambio el medio de pago escogido por las partes para el pago de la deuda, también transcurrió el plazo para su reclamación que el artículo 88 de la Ley Cambiaria y del Cheque computa en tres años. Por último se alega igualmente la prescripción al amparo del artículo 1964 CC por haber transcurrido más de quince años para el ejercicio de la acción de forma que la obligación principal esta prescrita y con ella la accesoriacomo lo es la...
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