SAP Madrid 774/2006, 19 de Diciembre de 2006

PonentePABLO QUECEDO ARACIL
ECLIES:APM:2006:16248
Número de Recurso248/2006
Número de Resolución774/2006
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14

MADRID

SENTENCIA: 00774/2006

Rollo: RECURSO DE APELACION 248 /2006

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

PABLO QUECEDO ARACIL

JUAN UCEDA OJEDA

PALOMA GARCIA DE CECA BENITO

En MADRID, a diecinueve de diciembre de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 594 /2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 42 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 248 /2006, en los que aparece como parte apelante D. Humberto representado por el procurador Dª ANA DE LA CORTE MACIAS, y como apelado BANCO FINANTIA SOFINLOC, S.A., quien formuló oposición al recurso en base al escrito que a tal efecto presentó, representado por el procurador D. JAVIER IGLESIAS GOMEZ, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PABLO QUECEDO ARACIL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 42 de Madrid, en fecha 5 de Diciembre de 2005 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Que estimando la petición inicial formulada por el Procurador D. JAVIER IGLESIAS GOMEZ en nombre y representación de BANCO FINANTIA SOFINLOC, S.A. contra D. Humberto, debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone al Banco actor la suma de 815,62 euros de principal más los intereses moratorios pactados y al pago de las costas causadas en el presente procedimiento si las hubiere."

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte D. Humberto al que se opuso la parte apelada BANCO FINANTIA SOFINLOC, S.A., y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 8 de Noviembre de 2006.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales, excepto en el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos pendientes que pesan sobre esta Sección.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

PRIMERO

El demandado se alza contra la sentencia de instancia oponiendo una sola alegación, basada en que no se le cito debida y adecuadamente a juicio, lo que le causo indefensión, y motivó la sentencia dictada en rebeldía.

SEGUNDO

Como en tantas otras ocasiones se...

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