SAP Burgos 45/2000, 26 de Enero de 2000

PonenteRAMON IBAÑEZ DE ALDECOA LORENTE
ECLIES:APBU:2000:108
Número de Recurso472/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución45/2000
Fecha de Resolución26 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª

SENTENCIA

En el Rollo de Apelación nº 472/99 dimanante de Incidente nº 32/99 sobre modificación medidas de convenio regulador (divorcio 110/98) del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Burgos , en virtud de recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de fecha 15 de Julio de 1.999 , han comparecido, como demandante-apelante DON Augusto , vecino de Burgos, representado por la Procuradora Doña Lucia Ruiz Antolín y defendido por el Letrado Don Angel Marquina Ruiz de la Peña, y como demandada-apelada DOÑA Ana , vecina de Burgos, representada por la Procuradora Doña Carmen Velázquez Pacheco y defendida por el Letrado Don José, Ignacio Martínez Madrid; siendo parte en el procedimiento el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que desestimando íntegramente la demanda formulada por doña Lucia Ruíz Antolín en nombre y representación de D. Augusto frente a Doña Ana debo declarar y declaro no haber lugar a modificar la medida acordada en el convenio regulador aprobado en Sentencia de divorcio de 22 de junio de 1.998 relativa a la pensión de alimentos a favor de su esposa e hija por importe de 60.000 pesetas; no se hace expresa imposición de costas".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de D. Augusto , se interpuso contra la misma recurso de apelación, fue admitido en ambos efectos, emplazándose a las partes y remitiéndose los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Seguido el recurso por sus trámites se señaló para la celebración de la vista el día veinte de los corrientes, la que tuvo lugar con asistencia de los Letrados de las partes personadas, y por el Ministerio Fiscal el Ilmo. Sr. Don Gregorio Segurado Contra, quienes informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan en lo sustancial, los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por esos mismos y acertados razonamientos, que se dan aquí por reproducidos, para evitar repeticiones innecesarias, procede desestimar el recurso interpuesto, y confirmar la sentenciaapelada, que desestimó la...

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