SAP Madrid, 8 de Julio de 1998

PonenteJESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
Número de Recurso129/1996
Fecha de Resolución 8 de Julio de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Madrid

SENTENCIA

En Madrid, a ocho de Julio de mil novecientos noventa y ocho.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre supresión de obras, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 34 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandada ARQUITECTURA E INMUEBLES, S.A. representada por el Procurador Sr. Estrugo Muñoz y defendida por la Letrada Doña Isabel Brage Camazano y de otra, como apelada demandante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 DE MADRID representada por el Procurador Sr. Murga Rodríguez y defendida por el Letrado Don Jesús María Guimaraens, seguidos por el trámite de menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús C. Rueda López .

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 34 de Madrid, en fecha 12 de abril de 1.994, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por D. JOSÉ DE MURGA RODRÍGUEZ en nombre de la comunidad de propietarios de la C/ DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid, contra la entidad Arquitectura e Inmuebles declarada en rebeldía, condenando a ésta a retirar a su costa las obras realizadas indebidamente, consistentes en la colocación de un travesaño en las columnas exteriores del inmueble sito en C/ DIRECCION000 nº NUM000 , e imponiendo a los demandados el pago de las costas procesales causadas en la presente instancia de este procedimiento".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron oportunamente las partes, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 2 de julio de 1.998, tuvo lugar con la asistencia e informe de los Letrados de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la parte actora, comunidad de propietarios de la calle DIRECCION000 nº NUM000 deMadrid, se interpuso en su día demanda contra la entidad demandada como propietaria del local de negocio sito...

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