SAP Salamanca 277/2003, 4 de Julio de 2003

PonenteJESUS PEREZ SERNA
Número de Recurso335/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución277/2003
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección ª

D. F. JAVIER CAMBON GARCIAD. JAIME MARINO BORREGOD. JESUS PEREZ SERNA

SENTENCIA NÚMERO 277/03

ILMO. SR. PRESIDENTE ACCTAL:

DON F. JAVIER CAMBON GARCIA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON JAIME MARINO BORREGO

DON JESUS PEREZ SERNA

En la ciudad de Salamanca a cuatro de julio de dos mil tres.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el JUICIO ORDINARIO nº 350/02 del Juzgado de lª Instancia nº 9 de Salamanca, Rollo de Sala nº 335/03; han sido partes en este recurso: como demandante-impugnante CENTRO ESPAÑOL de DERECHOS REPROGRAFICOS (CEDRO) representado por la Procuradora Doña Maria Teresa Domínguez Cidoncha y bajo la dirección del Letrado Don Elías Plaza Lopez-Berges y como demandado-apelante Comercial MAXICOPY FOTOCOPIAS representada por la Procuradora Doña Nuria Martin Rivas y bajo la dirección del Letrado Don Gonzalo Pérez García, habiendo versado sobre reclamación de indemnización de daños y perjuicios por reproducción ilícita de obras.

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. - El día 7 de Marzo de 2003 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de lª Instancia nº 9 de Salamanca se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: Se estima la demanda presentada por la Procuradora Sra. Maria Teresa Domínguez Cidoncha en nombre y representación de Centro Español de Derechos Reprografitos, Cedro contra Comercial Maxicop Fotocopias declarando: 1º) Que se ha llevado a cabo por MAXICOP FOTOCOPIAS una actuación merecedora de ser calificada como de reproducción ilícita de obras impresas o reprografía ilegal vulneradora de los derechos de propiedad intelectual. 2º) Que MAXICOP FOTOCOPIAS se halla obligada a solicitar del actor la pertinente autorización o licencia para la utilización, mediante el sistema de reproducción por reprografia o maquinas fotocopiadoras, de las obras impresas del repertorio de CEDRO, si desea realizar la actividad de reproducción de obras dentro de los limites y bajo la remuneración establecida por CEDRO. 3º) Que mientras MAXICOP FOTOCOPIAS, no cuente con la pertinente autorización o licencia para reproducir las obras que forman el repertorio de la actora, no puede fotocopiar las mismas. Y condenando a la demandada a: a) A estar y pasar por las anteriores declaraciones. b) A cesar en la actividad ilícita de reproducción o fotocopiado de obras protegidas por la legislación sobre propiedad intelectual en tanto no cuente con la pertinente licencia, con prohibición de reanudarla, así como a la retirada y destrucción de aquellos ejemplares o copias ilícitos que se hallaren en su establecimiento comercial. c) A indemnizar a la actora CEDRO, con concepto de daños y perjuicios "en la suma de 556,7 euros más el IVA que corresponda a las tarifas generales y todo ello con el interés legal", con imposición a la demandada de las costas procesales."

  2. - Contra referida sentencia se preparó recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandada concediéndole el plazo establecido en la Ley para interponer el mismo verificándolo en tiempo y forma, quien después de hacer las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones terminó suplicando se dicte sentencia revocando la de instancia no haciendo mención especial en la imposición de costas de primera instancia corriendo cada parte con las suyas.

    Dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación e impugnando la resolución apelada, para terminar suplicando se dicte sentencia por la que desestime en su integridad el recurso de apelación promovido de adverso, y estimando la impugnación deducida por esta parte, revoque la sentencia y en su consecuencia condena a Don

    Marco Antonio

    , DIRECCION000

    de Maxicopy, al pago de la cantidad de 2.398,90 ¤, sin perjuicio de las restantes pretensiones acogidas en la sentencia de instancia,condenando a dicho DIRECCION000

    al pago de las costas de ambas instancias, decretando al efecto todo lo demas que sea procedente en derecho.

    Dado traslado del escrito de impugnación al apelante principal, por la legal representación del mismo se presentó escrito suplicando se dicte sentencia confirmando la de instancia excepto en materia de costas, imponiendo las costas a la contraparte.

  3. - Recibidos los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 284/2010, 17 de Mayo de 2010
    • España
    • 17 Mayo 2010
    ...de apelación 176/2003 ). - SAP Zamora núm. 156/2003 (Sección única) de 5 de junio (recurso de apelación núm. 163/2003 ). - SAP Salamanca núm. 277/2003 (Sección única) de 4 de julio (recurso de apelación 335/2003 Cita como sentencias que sirven de fundamento del interés casacional en sentido......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR