SAP Jaén 591/2001, 10 de Septiembre de 2001

PonenteJOSE REQUENA PAREDES
ECLIES:APJ:2001:1609
Número de Recurso17/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución591/2001
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

D. FERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTED. JOSE REQUENA PAREDESDª. MARIA JESUS GALLARDO CASTILLO

SENTENCIA Núm. 591

Iltmos. Sres.

Presidente

D. FERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTE

Magistrados

D. JOSE REQUENA PAREDES

D. MARIA JESUS GALLARDO CASTILLO

En la ciudad de Jaén, a diez de Septiembre de dos mil uno.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el número 267/00 por el Juzgado de Primera Instancia n° dos de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia número 17/01, a instancia de MAPFRE S.A. representada ante este Tribunal, como apelada adherida a la apelación por el Procurador Sr del Balzo y defendida por el Letrado Sr. Martínez Sillero, contra D. Cornelio representado ante este Tribunal, como apelante, por la Procuradora Sra. Romero y defendido por la Letrada Sra. Ruiz Contreras.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° dos de Jaén con fecha uno de Diciembre de dos mil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando en parte la excepción de Prescripción formulada por D. Cornelio , representado por la procuradora Sra. Romero Martín; y estimando parcialmente la demanda promovida contra dicho excepcionante por el procurador Sr del Balzo Parra, en nombre y representación de MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, condeno al primero a que abone a la segunda la cantidad de DOS MILLONES CIENTO DIEZ MIL SETECIENTAS SETENTA Y UNA PESETAS, más el interés legal producido desde la fecha de esta resolución; cada litigante satisfará las costas procesales causadas a su instancia, y las comunes por mitad.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por el demandado en tiempo y forma, recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera instancia n° dos le Jaén, que acordó la remisión de los aptos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes, para comparecer ante la misma.

TERCERO

Recibidos Los autos en este Tribunal, se acordó La formación del correspondiente rollo, que se registrara el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vista el día 5 de Septiembre de 2.001, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando al apelante la revocación de la Sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con su contestación a la demanda, con imposición de costas a la otra parte, y por el apelado adherido se solicita la confirmación parcial de la Sentencia recurrida y su revocación en cuanto a los pedimentos de su demanda no acogidos por la Sentencia.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JOSE REQUENA PAREDES .

ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada en lo que no se opongan a lo que a continuación se expresa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada, además de declarar parcialmente prescrita la acción de repetición deducida por la aseguradora demandante, que cubría por póliza de seguro obligatorio y voluntario la cobertura de responsabilidad del vehículo del demandado, condenó a éste a reembolsar a la actora el resto de la indemnización ya satisfecha por aquella en resarcimiento de los daños personales y materiales sufridos por distintos perjudicados en el accidente de circulación del que la Sentencia firme del Juzgado de lo Penal previa a la demanda declaro responsable al demandado y causados por su conducción en estado de relevante embriaguez. Frente a esta decisión se alzan ambas partes, la actora por adhesión combatiendo la prescripción parcial apreciada, el demandado atacándola por los motivos que ya hizo valer en la instancia y que en el referido al fondo del asunto debe estimarse, adelántese ya, con...

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