SAP León 431/2002, 16 de Octubre de 2002

PonenteALFONSO LOZANO GUTIERREZ
ECLIES:APLE:2002:1661
Número de Recurso121/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución431/2002
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

SENTENCIA n° 431/02

Iltmos. Sres.:

Don José Rodríguez Quirós.- Presidente

Don Alfonso Lozano Gutiérrez.- Magistrado

Don Manuel García Prada.- Magistrado

En León a 16 de Octubre de dos mil dos.

VISTOS, ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante AUTOPISTA CONCESIONARIA ASTUR LEONESA SA (AUCALSA) y LA ESTRELLA S.A. representada por el Procurador D. EMILIO ALVAREZ-PRIDA CARRILLO actuando como Ponente para este trámite el Iltmo Sr. Don Alfonso Lozano Gutiérrez

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia n° 4 de León, se dictó Sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Doña Ana María Morales en nombre y representación de Lucía contra la entidad AUTOPISTA CONCESIONARIA ASTUR-LEONESA (AUCALSA) y la compañía ASEGURADORA la estrella, debo declarar y declaro haber lugar a la misma, condenando a dichas demandadas a pagar solidariamente a la parte actora la cantidad de NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTAS DIECISEIS (90.816) pesetas, cantidad que devengará desde la fecha del siniestro y hasta su completo pago a cargo de la entidad aseguradora demandada el interés legal incrementado en un cincuenta por ciento, con expresa imposición de costas a las demandadas."

SEGUNDO

Contra la relacionada Sentencia que lleva fecha 21 de Septiembre de 2001, se interpuso recurso por la parte apelante, dándose traslado a las demás partes para impugnar o adherirse al recurso, elevándose las actuaciones a esta Sección Primera, en la que se ha sustanciado el oportuno recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los de instancia.

SEGUNDO

La entidad codemandada AUCALSA interpone recurso de apelación contra la sentencia de instancia que estimando la demanda interpuesta por Lucía en cuya virtud es condenada solidariamente con la entidad aseguradora La Estrella la cantidad de 95.816 pesetas como importe de los daños producidos en el vehículo propiedad de la actora KAF.....-K a consecuencia de la colisión con las piedras

existentes en mitad de la calzada de la Autopista Astur-Leonesa en dirección León el día 28 de diciembre del año 1999.

Alegándose como causas de impugnación de la sentencia que la existencia de piedras en la calzada se debía a la movilización, huelga o tumulto protagonizada por mineros en la zona...

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