SAP Castellón 5/2001, 17 de Enero de 2001

PonenteFERNANDO TINTORE LOSCOS
ECLIES:APCS:2001:35
Número de Recurso419/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución5/2001
Fecha de Resolución17 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 5

Ilmos. Sres.

Presidente:

Don FERNANDO TINTORÉ LOSCOS

Magistrados:

Don JOSÉ ALBERTO MADERUELO GARCÍA

Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ

En la Ciudad de Castellón, a diecisiete de Enero de dos mil uno.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida por los Ilmos. Sres referidos al margen, ha visto y examinado el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día 30 de Septiembre de 2.000 por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Castellón en los autos de juicio verbal de tráfico seguidos en dicho Juzgado con el número 163 del año 2.000.

Han sido partes en el recurso, como APELANTE, la mercantil demandante "BADENES HERMANOS, S.L.", con domicilio social en Alcora (Castellón), Avenida de Castellón números 4 y 6, representada por el Procurador de los Tribunales Don Juan Borrell Espinosa y defendida por el Letrado Don Escolástico Martínez Rodríguez; y como parte APELADA, la mercantil "AZUSER, S.L.", con domicilio en Villarreal (Castellón), Polígono Industrial Artana, Nave 3; "LA ESTRELLA, S.A.", con oficina en Castellón, Avenida del Mar, número 1, representadas por la Procuradora de los Tribunales Doña María Ramos Añó y defendidas por el Letrado Don Miguel Traver Nicolau, y la compañía aseguradora "AXA, AURORA IBÉRICA, S.A.", con domicilio en Castellón, calle Mayor número 100, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña María del Pilar Ballester Oscariz y asistida por el Letrado Don José Cuartero Gómez; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don FERNANDO TINTORÉ LOSCOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la Sentencia apelada literalmente dice: "Que desestimando la demanda interpuesta por BADENES HERMANOS, S. L. contra AZUSER SL., Pedro Francisco , CIA LA ESTRELLA Y CIA DE SEGUROS AXA, debo absolver y absuelvo a dichos demandados de todas las pretensionesformuladas de contrario con imposición de costas al actor.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la sección civil de la Audiencia Provincial de Castellón.

Así por ésta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para esta unión a los atrios, lo pronuncio, mando y firmo. "

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación procesal de la empresa demandante, "Badenes Hermanos, S.L.", se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación contra la misma, y admitido que fue y evacuado el trámite de impugnación, se remitieron los autos a esta Audiencia donde turnados que fueron a esta Sección Primera se formó el correspondiente Rollo de la Sala, designándose Ponente y señalándose para deliberación y votación el día 8 de Enero pasado.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los de la Sentencia recurrida.

PRIMERO

En la demanda rectora del presente procedimiento, que ahora se examina en segunda instancia, según obra en autos, la mercantil "Hermanos Badenes, S.L." ejercita una acción de carácter personal, en reclamación por daños y perjuicios producidos en accidente de circulación, de los que fue objeto el camión de su propiedad, marca Iveco, matrícula CS-0638-AN, con motivo del siniestro ocurrido el 10 de Mayo de 1.999, en el kilómetro diez de la carretera de Alcora (CV-16), al impactar una piedra contra su luna delantera que provenía del camión articulado que le precedía, propiedad de la co-demandada, "Azuser, S.L.", marca Mercedes (con cabeza tractora de matrícula CS-1626-AK y el remolque matrícula Z-02429-R, que, según se afirma iba cargado con piedras) y ocasionándose daños por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR