SAP León 339/2003, 15 de Septiembre de 2003
Ponente | OLGA MARIA CABEZA SANCHEZ |
ECLI | ES:APLE:2003:1457 |
Número de Recurso | 104/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 339/2003 |
Fecha de Resolución | 15 de Septiembre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 1ª |
SENTENCIA NUM. 339/03
Iltmos. Sres.
D. Alfonso Lozano Gutiérrez.- Presidente Accidental
D. Manuel García Prada.- Magistrado
Dª. Olga María Cabeza Sánchez.- Magistrada suplente
En la Ciudad de León a quince de septiembre de dos mil tres.
VISTOS ante el Tribunal de esta Sección Primera, en grado de apelación los autos de Pieza de Responsabilidad Civil num. 143/02; expediente Fiscalía 155/02, procedentes del Juzgado de Menores de León, habiendo sido partes como apelante EL MINISTERIO FISCAL y como apelado Eloy , actuando como Magistrado Ponente para este trámite la ILTMA. SRA. DOÑA Olga María Cabeza Sánchez.
Que por el Juzgado de Menores de León, en fecha 28 de noviembre de 2002, se dictó sentencia, cuya relación de Hechos Probados, es del tenor literal siguiente: HECHOS PROBADOS.- Por el Ministerio Fiscal se presentó escrito de pretensiones en el que reclamaba de los demandados la cantidad de 2668,49 euros para Almudena y 743,24 euros para Romeo de cuyo escrito se dio traslado a los demandados quienes comparecieron a contestarlo oponiéndose a dicha reclamación.
La parte dispositiva de la sentencia, es del tenor siguiente: FALLO.- Que desestimo las pretensiones del Ministerio Fiscal formuladas contra el menor Eloy .
Notificada dicha resolución a las partes, por el Ministerio Fiscal se interpuso recurso de apelación que fue admitido, dándose traslado a las demás partes, impugnando el recurso el Letrado en representación de Eloy , y después de los trámites oportunos, se remitió todo lo actuado a esta Audiencia Provincial.
No se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia de instancia.
Se alza contra dicha resolución, el Ministerio Fiscal, a su modo de ver se ha producido una incorrecta desestimación de los hechos alegada en la demanda inicial, habiendo esta parte formulado recurso de apelación contra la sentencia dictada en el expediente de reforma por considerar acreditados los hechos constitutivos de infracción penal cometidos por el menor, dada la evidencia de las pruebas, pese a la absolución acordada por el Sr. Juez de Menores, de igual forma, se interpone recurso de apelación contra la sentencia dictada en la presente pieza de responsabilidad civil, por corresponder al infractor y sus representantes legales el pago de los perjuicios económicos causados por dichos actos.
Se han acreditado tanto las lesiones que presenta Romeo , (parte médico) como que su agresor fue Eloy . Respecto a las lesiones sufridas por Almudena , también acreditadas por parte médico, siempre ha manifestado que su agresor fue Eloy , por lo que la absolución del menor, y que es la más grave de las acaecidas el día de los hechos al ser constitutiva de delito y no de simple falta, tiene un...
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