SAP Madrid 659/2003, 28 de Octubre de 2003

PonenteD. JUAN UCEDA OJEDA
ECLIES:APM:2003:11779
Número de Recurso444/2002
Número de Resolución659/2003
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª

D. PABLO QUECEDO ARACILDª. AMPARO CAMAZON LINACEROD. JUAN UCEDA OJEDA

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14

MADRID

SENTENCIA: 00659/2003

Rollo: RECURSO DE APELACION 444 /2002

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

PABLO QUECEDO ARACIL

AMPARO CAMAZON LINACERO

JUAN UCEDA OJEDA

En MADRID , a veintiocho de octubre de dos mil tres .

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID , los Autos de MENOR CUANTIA 6/2001 , procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 73 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 444 /2002 , en los que aparecen como apelantes BANCO ESPAÑOL DE CREDITO , S.A. representado por el procurador D. Everardo, y D. Javier , representado por el Procurador D. PABLO OTERINO MENÉNDEZ , quienes formularon oposición a los recursos contrarios en base a los escritos que a tal efecto presentaron , sobre reclamación de cantidad , y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN UCEDA OJEDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 73 de Madrid, en fecha 30 de enero de 2002 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Pablo Oterino Méndez en nombre y representación de D. Javier contra el Banco Español de Crédito, debo condenar y condeno al demandado a que abone al actor la cantidad de 5975,56 euros más los intereses legales, debiendo cada parte litigante abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por las partes demandante y demandada , oponiéndose ambas a los recursos contrarios , y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 22 de octubre de 2003.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los razonamientos jurídicos de la sentencia apelada en cuanto no queden modificados por lo que, a continuación, se expondrá.

PRIMERO

Don Javier interpuso demanda en reclamación de la cantidad de 23.902,25 euros contra el Banco Español de Crédito S.A., fundada en la denominada responsabilidad extracontractual, al considerar que el hurto que sufrió el día 19 de noviembre de 2000 cuando se encontraba en la oficina principal que la demandada tiene en la calle Sevilla de Madrid fue debido a que la sociedad demandada no había adoptado las medidas de seguridad exigibles a una entidad de este tipo para la adecuada protección de sus clientes.

La sentencia de instancia estimó parcialmente la demanda al considerar que concurría una compensación de culpas, reduciendo sensiblemente la indemnización que quedó fijada en una cuarta parte de lo reclamado, pues, aunque estimó que a la sociedad demandada le era exigible una mayor diligencia conforme a las normas de la prudencia en el cumplimiento de su obligación de garantizar la seguridad de los clientes y empleados, entendió que la mayor responsabilidad en el suceso debía imputarse al cliente y hoy demandante dada la falta de cuidado que puso a la hora de vigilar el dinero que se disponía ingresar en el Banco. Esta decisión fue recurrida por ambas partes litigantes, pretendiendo que se impute toda la responsabilidad del suceso a la parte contraria en el proceso.

SEGUNDO

Podemos considerar acreditado que sobre las once horas del día 19 de octubre de 1999, el actor, tras sacar del Banco Santander Central Hispano Americano la cantidad de 22.902 euros, se dirigió a la oficina principal de la sociedad demandada con la finalidad de hacer un ingreso de 23.902,25 euros, esperando a una de las empleadas del banco, con quien el día anterior había estado hablando sobre este ingreso, junto a una mesa que se encontraba vacía, sobre la que depositó un sobre con el dinero, y que en ese momento se acercó una persona que, tras tirar al suelo una cierta cantidad de papel moneda, le dijo al actor que se le había...

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