SAP Barcelona 08019370072004100070, 16 de Enero de 2004

PonenteMª DEL PILAR PÉREZ DE RUEDA
ECLIES:APB:2004:419
Número de Recurso1263/2003
Número de Resolución08019370072004100070
Fecha de Resolución16 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 7ª

D. FERNANDO VALLE ESQUÉSD. DANIEL DE ALFONSO LASOD. Mª DEL PILAR PÉREZ DE RUEDA

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN SÉPTIMA

ROLLO Nº 1263/03

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 168/02

JUZGADO DE LO PENAL Nº 17 DE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m. 62

Ilmos. Sres.

D. FERNANDO VALLE ESQUÉS

D. DANIEL DE ALFONSO LASO

Dª. Mª DEL PILAR PÉREZ DE RUEDA

En la ciudad de Barcelona, a dieciseis de Enero de dos mil cuatro.

VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Séptima de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº 1263/03, dimanante del Procedimiento Abreviado nº 168/02, procedente del Juzgado de lo Penal nº 17 de Barcelona, seguido por un delito de robo de uso vehículo a motor, contra Sergio ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Sergio contra la Sentencia dictada en los mismos el día 20 de mayo de 2003, por el/la Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de laSentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno al acusado Sergio (Nº ORDINAL DE POLICÍA CIENTÍFICA 1328160348), como autor responsable criminalmente de un delito de robo de uso de vehículo de motor, y una falta de hurto, concurriendo la circunstancia modificativa de su responsabilidad criminal agravante de reincidencia, a la pena -por el delito- de MULTA DE OCHO MESES, a razón de una CUOTA DIARIA DE 1,20 EUROS, y con un día de privación de libertadcomo responsabilidad personal subsidiaria cada dos cuotas impagadas. Por la falta le condeno a la pena de DOS MESES MULTA, con cuota diaria de 1,20 euros y 30 días de privación de libertad, caso de impago, como responsabilidad personal subsidiaria. Le condeno asimismo al pago de las costas procesales causadas. En responsabilidades civiles abonará el titular del vehículo la cantidad de 87.160 ptas (523,84 euros) por los daños en el vehículo, y a Alvaro 14917 ptas (89,65 euros) por los efectos sustraidos".

SEGUNDO

Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el artículo 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª DEL PILAR PÉREZ DE RUEDA.

ÚNICO.- Se admite y reproduce la narración fáctica de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten los de la instancia.

SEGUNDO

Contra la sentencia que le condena como autor de un delito de robo de uso de vehículo de motor, previsto en el artículo 244.1º y del C. Penal y de una falta de hurto del artículo 623.1, Sergio a través de su representación procesal, formula recurso de apelación, solicitando en primer lugar la nulidad de actuaciones por quebrantamiento de normas esenciales de procedimiento generadoras de indefensión y alternativamente por error en la valoración de la prueba e infracción del principio constitucional de presunción de inocencia, solicitando su libre absolución.

TERCERO

Examinadas las actuaciones que comportan el presente rollo de apelación, procederá el Tribunal al análisis de la petición de nulidad de actuaciones que con carácter principal se solicita en el escrito impugnatorio.

Argumenta la defensa, que al no haber accedido la Juzgadora de Instancia a la suspensión del juicio oral peticionada por aquélla, por no haberse practicado la prueba pericial médico forense que fue admitida en su día, conculca las garantías constitucionales para el acusado, generándole con ello una claraindefensión.

Al...

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