SAP Cádiz, 12 de Enero de 2000

PonenteMANUEL RIVERA FERNANDEZ
ECLIES:APCA:2000:85
Número de Recurso55/1999
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución12 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 3ª

SENTENCIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ

SECCION TERCERA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. MANUEL GROSSO DE LA HERRAN

MAGISTRADOS ILMOS. SRES.

D. MIGUEL ANGEL FELIZ MARTINEZ

D. MANUEL RIVERA FERNANDEZ

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN ROQUE Nº UNO

APELACION ROLLO Nº 55/99

AUTOS Nº 213/97

En la ciudad de Cádiz a 12 de enero del 2000.

Visto por la Sección Tercera de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en procedimiento de cognición seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº uno de San Roque, cuyo recurso fue interpuesto por Doña María Inés , que ha comparecido en esta Audiencia representada por el Procurador D. Francisco Javier Serrano Peña, asistida por la Letrada Doña Florencia Carretero González; siendo parte apelada D. Pedro Francisco , que ha comparecido en esta Audiencia asistido por el Letrado D. Sergio Cózar García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la demandante Doña María Inés se ejercita acción de resolución de contrato de arrendamiento rústico con base a los artículos 79, 15 y 75.3º de LAR , pretendiendo una declaración judicial en la que se declare la extinción del contrato de arrendamiento suscrito entre D. Jose Francisco y Doña Estíbaliz por fallecimiento del titular y no reunir el heredero designado los requisitos del artículo 79 LAR , o, subsidiaria mente, por no estar la finca explotada.

SEGUNDO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº uno de San Roque se dictó sentencia con fecha nueve de diciembre de mil novecientos noventa y ocho , en la que se desestimaba la demanda al apreciarse la concurrencia de los requisitos exigidos en el artículo 79 LAR en el demandado, así como la explotación dela finca por parte del mismo.

TERCERO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación. Elevados los autos y personadas las partes con formación del correspondiente rollo y evacuado el trámite de instrucción, se señaló para el día de la fecha la vista oral preceptiva, con la asistencia de la defensa de la parte apelante, quien informó oralmente en apoyo de sus respectivas peticiones, exponiendo los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, solicitando la revocación de la sentencia apelada y el dictado de otra ajustada a sus pretensiones. Por su parte, la apelada, tras informar oralmente, interesó la total confirmación de la sentencia apelada.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. MANUEL RIVERA FERNANDEZ , que expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La primera cuestión que se discute en este recurso es la relativa a la condición de profesional de la agricultura de D. Pedro Francisco , indispensable, según lo dispuesto en el artículo 79.2º LAR , para suceder en el arrendamiento suscrito por su progenitor D. Jose Francisco .

Define el artículo 15 LAR : Se entiende por profesional de la agricultura a los efectos de esta Ley: a) La persona mayor de edad o emancipada que se dedique o vaya a dedicarse a actividades de carácter agrario y se ocupe de manera efectiva y directa de la explotación, como agricultor profesional, de acuerdo con lo establecido en el apartado 5 del artículo 2 de la Ley de Modernización de las Explotaciones Agrarias .

Una reiterada jurisprudencia viene caracterizando la profesionalidad en el ejercicio de la agricultura, a los efectos expresados, por la dedicación "preferente" a actividades de carácter agrario, con ocupación efectiva y directa en la explotación ( SSTS 4 abril 1992 [RJ 1992\2939], 26 febrero 1994 [RJ 1994\1201] y 23 enero 1997 [RJ 1997\1201 ).

La preferencia, aunque suprimida del artículo 15 a) de la LAR por el artículo 2,5 de la Ley 19/95 de Modernización de las Explotaciones Agrarias , viene exigida indirectamente por los criterios cuantitativos de renta y tiempo de trabajo, conforme a los cuales se va a definir al...

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