SAP Girona 53/2003, 10 de Febrero de 2003

PonenteJAIME MASFARRE COLL
ECLIES:APGI:2003:188
Número de Recurso419/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución53/2003
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Girona, Sección 2ª

SENTENCIA N° 53/2003

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO

MAGISTRADOS

JOAQUIM FERNANDEZ FONT

JAUME MASFARRE COLL

GIRONA, a diez de febrero de dos mil tres

VISTO, ante esta Sala el Rollo de apelación n° 419/2002, en el que ha sido parte

apelante CONSTRUCTORA COLUMBA SL representado por el/la Procurador/a Doña EVA

GARCIA FERNANDEZ y defendido por el/la Letrado/a D. JORDI FIGUERAS MAS, y como parte

apelada D. Germán y Doña Erica , representada por el/la

Procurador/a Don D. JOAQUIM GARCES PADROSA y defendida por el/la Letrado/a Doña

YOLANDA AVALOS VARGAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Primera Instancia n° 1 Santa Coloma de Farners en autos de Procedimiento ordinario n° 303/2001, seguidos a instancias de D. Germán Y Erica , representado por el/laprocurador/a Doña CARMINA JANER MIRALLES, y defendido por el/la letrado/a Doña YOLANDA AVALOS VARGAS, contra CONSTRUCTORA COLUMBA SL, representado por el/la procurador/a Doña EVA GARCIA FERNANDEZ, y defendido por el/la letrado/a D. JORDI FIGUERAS MAS, se dictó sentencia cuya parte dispositiva literalmente copiada dice así: "FALLO: Con estimación de la demanda de juicio ordinario n° 303 /2001, promovida por Germán y Erica , representados por la Procuradora Sra. Carmina Janer Mirallés, contra Constructora Columba SL., representada por la Procuradora Sra. Eva Garcia Fernández, DECLARO:

A.- La responsabilidad por saneamiento por evicción de la mercantil demandada "Constructora Columba S. L" a favor de los actores, D. Germán y Doña Erica .

B.- Que la franja objeto de evicción de la que han sido despojados los actores es de 15.41 m2 de los

20.10 m2 que constituye la terraza-patio sita a nivel de NUM000 planta de la vivienda Finca n° NUM001 , tomo NUM002 , libro NUM003 de Farnes, folio NUM004 , inscripción 1ª del Registro de la propiedad de Santa Coloma de Farners (Girona) objeto de evicción, siendo el resto de 4.69 m2 de propiedad en pleno dominio de los actores.

C.- La obligación de "Constructora Columba SL", de rectificar la Escritura Pública de Compraventa de 6 de julio de 1999 de la Finca n° NUM001 , tomo NUM002 , libro NUM003 de Farnés, folio NUM004 , inscripción 1ª del Registro de la Propiedad de Santa Coloma de Farners (Girona) vendida a los actores y su posterior inscripción en el Registro de la propiedad de Santa Coloma de Farners, fijando en la misma que la terraza- patio sita a nivel de la NUM000 planta de la vivienda de 20.10 m2, 4.69 m2 pertenece en propiedad a los actores y sobre el resto del patio, que es elemento común del total del edificio con fachada a la CALLE000 n° NUM005 - NUM006 , tiene la finca objeto de evicción el derecho de uso exclusivo sobre él.

No quedando cumplida esta obligación hasta su inscripción definitiva en el citado Registro.

Y en su consecuencia CONDENO a la mercantil demandada "Columba SA".

  1. - A estar y pasar por la anterior declaración.

  2. - Al pago de la cantidad de 437.548 pesetas en concepto de restitución 4 del valor del bien objeto de evicción en el momento en que ésta se produjo.

  3. - Al pago de la cantidad de 186.332 pesetas en concepto de costas causadas, honorarios de letrado, procurador y perito, en ambas instancias por el pleito del que resultó la evicción.

  4. - En concepto de daños, al pago del importe de 344.250 pesetas correspondiente al derribo de la jardinera-estanque, configuración original y restitución de todos los elementos implicados a los que fueron condenados los demandantes en juicio de cognición n° 221793.

  5. - Al pago del importe de la construcción de la jardinera-estanque, que asciende a 438.975 pesetas.

  6. - En concepto de gastos notariales y del registro que corresponda al porcentaje objeto de le evicción que quede determinada en ejecución de sentencia.

  7. - Otorgar escritura de subsanación y rectificación que sean necesarias para su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad de Santa Coloma de Farners de la Escritura Pública de Compraventa de 6 de julio de 1999, de la finca n° NUM001 , tomo NUM002 . libro NUM003 de Farnés, folio NUM004 , inscripción 1ª del Registro de la Propiedad de Santa Coloma de Farners (Girona), vendida a los actores y su posterior inscripción en el Registro de la propiedad de Santa Coloma de Farnés, fijando en la misma que la terraza-patio sita a nivel de la NUM000 planta de la vivienda de 20.10 m2, 4.69 m2 pertenece en propiedad a los actores y sobre el resto del patio, que es elemento común del total del edificio con fachada a la CALLE000 n° NUM005 - NUM006 , tienen los actores el derecho de uso exclusivo sobre él. No quedando cumplida esta obligación hasta su inscripción definitiva en el citado Registro.

  8. - Al pago de...

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