SAP Pontevedra 177/2007, 20 de Abril de 2007
Ponente | FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS |
ECLI | ES:APPO:2007:937 |
Número de Recurso | 645/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 177/2007 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª |
SENTENCIA: 00177/2007
LA SECCIÓN TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por
los Magistrados Ilmos. Sres. D. ANTONIO J. GUTIÉRREZ R.- MOLDES, Presidente, D. JAIME ESAIN MANRESA y D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS, ha pronunciado, EN NOMBRE
DEL REY, la siguiente:
SENTENCIA Nº: 177/2007
En PONTEVEDRA, a veinte de Abril de dos mil siete.
Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio de procedimiento ordinario nº 0564/05, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Cangas de Morrazo (Rollo de Sala número 645/06) en el que son partes como apelante "CAJA DE SEGUROS REUNIDOS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. -CASER-"; y como apelados DÑA.- Virginia , DÑA.- María Inmaculada , D.- Pedro Miguel y DÑA.- Camila , siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER ROMERO COSTAS.
Con fecha 23 DE JUNIO DE 2006, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo fallo, literalmente dice: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Maquieira Gesteira, en nombre y representación de D. Pedro Miguel , Dña. Camila , Dña. María Inmaculada y Dña. Virginia , contra la entidad de seguros CASER SEGUROS, representada por el Procurador Sr. González-Puellas, y en su virtud, debo condenar y condeno a la Aseguradora demandada a que abone a la actora la cantidad reclamada por importe de CUARENTA Y DOS MIL SETENTA EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (42.070,85 Euros), con los intereses moratorios del artículo 20 de la LCS , y con imposición de las costas de este procedimiento a la parte demandada".
Contra dicha sentencia se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por "CAJA DE SEGUROS REUNIDOS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. -CASER-", recayendo resolución del juzgado de instancia por la que se tuvo por preparado el recurso y se acordó emplazar a la parte recurrente al objeto de que lo interpusiera en legal forma, lo que efectuó dentro del plazo legal, y conferido traslado a las restantes partes, con emplazamiento por diez días, al objeto de que formularan oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que resultara desfavorable, por DÑA.- Virginia , DÑA.- María Inmaculada , D.- Pedro Miguel y DÑA.- Camila .
Remitidos los autos a esta Audiencia con los escritos de interposición al recurso y de impugnación al mismo correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 21 de diciembre de 2006, sin que por las partes se haya propuesto prueba ni se haya solicitado la celebración de vista.
En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.
Se impugna la resolución de la instancia por la representación de la Cía. Caser, demandada condenada, en razón de entender que acreditado y aceptado por la Juzgadora de la instancia el hecho de que el fallecido asegurado hubiere contestado al cuestionario de salud inscrito en la parte inferior del Certificado de Seguro aportado con su contestación es por lo que, visto su contenido, considera probado que...
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