SAP Huelva 188/2001, 10 de Mayo de 2001
Ponente | MARIA ISABEL PRIETO RODRIGUEZ |
ECLI | ES:APH:2001:476 |
Número de Recurso | 416/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 188/2001 |
Fecha de Resolución | 10 de Mayo de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 188
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. FRANCISCO MARTIN MAZUELOS
MAGISTRADOS:
DÑA. ISABEL PRIETO RODRÍGUEZ
DÑA. MERCEDES IZQUIERDO BELTRÁN
En Huelva, a diez de mayo de dos mil uno.
La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados indicados y bajo la ponencia de la Ilma. Sra. DOÑA ISABEL PRIETO RODRÍGUEZ ha visto en grado de apelación el Juicio Verbal nº 118/2.000 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Huelva, en virtud del recurso interpuesto por BALOISE, S.A.
Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.
Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha 1 de septiembre de 2.000 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la representación procesal de Sur Seguros contra Transportes Racero e Hijos y Baloise Seguros y, en consecuencia, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente al actor la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL CIENTO QUINCE pts (43.115), que devengará el interés legal incrementado en un 50% desde la fecha del accidente solo respecto de la aseguradora condenada y con imposición de las costas causadas en la instancia a la parte demandada."
Notificada la sentencia a las partes, la representación de Baloise, S.A. interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, y, dado traslado a las demás partes, fueron remitidos los autos a esta Audiencia para su resolución.
Frente a la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Huelva, por la que se estima íntegramente la demanda formulada por Sur Seguros, S.A. de Seguros y Reaseguros contra Transportes Racero e Hijos y contra la aseguradora Baloise, S.A., se alza en apelación ésta última, fundando su recurso en un único motivo, cual es que la entidad aseguradora condenada al pago y hoy apelante lo era sólo de la cabeza tractora MAN 19343 FT, matrícula SE- 3344-DD, no teniendo cobertura alguna respecto del remolque, ni de la carga, siendo así que los daños causados al vehículo asegurado por la demandante tuvieron su origen en una defectuosa estiba o en la falta de medidas de protección de la carga transportada en el remolque.
Parte la resolución recurrida del aserto de que...
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