SAP Asturias 54/2008, 14 de Abril de 2008
Ponente | JAIME RIAZA GARCIA |
ECLI | ES:APO:2008:646 |
Número de Recurso | 554/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 54/2008 |
Fecha de Resolución | 14 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª |
SENTENCIA Nº 54
En el Rollo de apelación núm. 554/07, dimanante de los autos de juicio civil Separación Matrimonial, que con el número 324/07
se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Avilés, siendo apelante DON Lucas ,
demandado en primera instancia; y como parte apelada DOÑA Marisol , demandante en primera instancia; ha
sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Jaime Riaza García.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Avilés dictó sentencia en fecha 4 de Octubre de 2007 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Schmidt Suárez, en nombre y representación de doña Marisol , contra don Lucas , en situación de rebeldía procesal, debo decretar y decreto la separación del matrimonio formado por los esposos litigantes; con todos los pronunciamientos que por ministerio de la ley se derivan del mismo, y en particular con los siguientes:
-
- La disolución del régimen económico matrimonial de sociedad legal de gananciales existente en el matrimonio; cuya liquidación queda pospuesta a un momento posterior, y a instancias del ejercicio de su acción por cualquiera de los esposos.
-
- La atribución del uso y disfrute del domicilio familiar, sito en la calle DIRECCION000 número NUM000 , NUM001 - NUM002 , de la Carriona-Avilés, a doña Marisol ; debiendo el esposo salir de la misma, pudiéndose llevar sus ropas y enseres de uso personal, previo inventario.3º-La fijación de una pensión compensatoria a favor de la esposa y a cargo del esposo, que se fija en el importe equivalente al 16% de las percepciones mensuales líquidas que éste perciba por todos los conceptos.
No ha lugar a realizar un especial pronunciamiento condenatorio en cuanto a las costas procesales causadas."
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, del cual se dio el preceptivo traslado a las partes conforme a lo dispuesto en el artículo 461 de la vigente Ley , que lo evacuaron en plazo con oposición al mismo . Remitiéndose posteriormente los autos a esta Sección, y habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, fue denegado por resolución de esta Sala de fecha 10 de Enero de 2008 , señalándose para deliberación, votación y fallo el día 5-2-2008.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
La sentencia de instancia estimó la demanda de separación deducida por la esposa atribuyéndole el uso de la vivienda y ajuar familiar y reconociéndole al amparo del artículo 97 del Cc . el derecho a una pensión compensatoria por importe equivalente al 16% de las percepciones...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba