SAP Murcia 68/2000, 15 de Febrero de 2000
Ponente | FRANCISCO CARRILLO VINADER |
ECLI | ES:APMU:2000:432 |
Número de Recurso | 365/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 68/2000 |
Fecha de Resolución | 15 de Febrero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚM. 68/2.000
ILMOS. SRES.
D. CARLOS MORENO MILLÁN
PRESIDENTE
D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER
D. JOSÉ LUIS GARCÍA FERNÁNDEZ
MAGISTRADOS
En la ciudad de Murcia, a quince de febrero del año dos mil.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio de divorcio número 234/98 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado Civil de Mula (Murcia ) entre las partes, como actor D. Cesar , representado por el Procurador Sr. Iborra Ibáñez y defendido por el Letrado Sr. Palazón Rubio, y como demandada Dª. Juana , representada por el Procurador Sr. Fernández Herrera y defendida por el Letrado Sr. Bernabé Ortuño. En esta alzada actúa como apelante
D. Cesar , representado por el Procurador Sr. Saura Pérez, y como apelada Dª. Juana , representada por el Procurador Sr. Salmerón Buitrago, actuando como Letrados respectivamente los mismos de la primera instancia, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado con fecha 26 de abril de 1.999 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando en parte la demanda promovida por la representación procesal de D. Cesar , contra Dª. Juana , declaro disuelto por divorcio el matrimonio de ambos cónyuges por la causa primera del artículo 86 del Código civil y con los efectos señalados en el art. 89 del citado Cuerpo Legal , y desestimo la pretensión de modificación de medidas acordada en los autos 150/96; todo ello sin hacer, expresa imposición de costas, debiendo comunicar esta sentencia una vez firme, al Registro Civil correspondiente para su anotación".
Contra la anterior sentencia, y en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación D. Cesar , siendo admitido en ambos efectos y, con emplazamiento de las partes, fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno rollo por la Sección Primera con el número 365/99, compareciendo las partes indicadas en la cualidad antes expresada y, tras el traslado de instrucción, se señaló la vista para el día de hoy, que se celebró con asistencia de los Letrados respectivos que solicitaron, el de la parte apelante la revocación de la sentencia recurrida, y el de la parte apelada suconfirmación.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia apelada.
La sentencia de primera instancia accede a la pretensión principal de divorcio (también pedida por la demandada), aunque desestima la solicitud complementaria de que se suprima o reduzca la pensión compensatoria establecida en...
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