SAP Barcelona, 13 de Marzo de 2000
Ponente | MARTA FONT MARQUINA |
ECLI | ES:APB:2000:3145 |
Número de Recurso | 622/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª |
SENTENCIA Núm.
Ilmos. Sres.
D/Dª. MARIA EUGENIA ALEGRET BURGUES
D/Dª. MARIA CARMEN VIDAL MARTINEZ
D/Dª. MARTA FONT MARQUINA
En la ciudad de Barcelona, a trece de marzo de dos mil.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimocuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de menor cuantia, nº 199-97 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Badalona , a instancia de D/Dª. Elvira representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Juan Rodes Durall y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. Josep Mª. Lligoña, contra D/Dª. Simón , representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Margarita Ribas Iglesias, y dirigido/a por el/la Letrado/a D/Dª. Queralt Gómez; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 28 de abril de 1998 , por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando íntegramente el escrito inicial de demanda presentado por el procurador de los Tribunales D. Luis Garcia Martínez en nombre y representación de D° Elvira , asistida de su letrado D. Jose María Lligoña, debo de absolver y absuelvo a Dª. Simón , representado por la procuradora de los Tribunales Dª Merçe Caba Samper y asistido de su letrada Dª María Queralt Gómez Giménez, de todos los pedimentos deducidos en su contra, con imposición de las costas a la parte demandante.".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 31 de enero de 2000, con el resultado que obra en la precedente diligencia, quedando los autos vistos para sentencia.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.VISTO, siendo Ponente el Ilmo./a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MARTA FONT MARQUINA.
NO SE ACEPTAN los fundamentos de la sentencia recurrida.
En atención a los argumentos esgrimidos en esta alzada por ambas partes litigantes, y con arreglo al principio "iura novit curia", procede el conocimiento de la cuestión planteada entre las partes acudiendo a las normas que se contemplan en los artículos 283 y siguientes de la Compilación de Catalunya que regulaban la mitgera de...
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