AAP Barcelona 78/2004, 1 de Junio de 2004

PonenteLUIS GARRIDO ESPA
ECLIES:APB:2004:2621A
Número de Recurso794/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución78/2004
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

D. LUIS GARRIDO ESPAD. JOSÉ LUIS CONCEPCIÓN RODRÍGUEZD. JORDI LLUIS FORGAS FOLCH

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN DÉCIMO-QUINTA

ROLLO nº 794/2002-2ª

INCIDENTE DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL

PROCEDIMIENTO DE QUIEBRA Nº 38/2001

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº. 4 DE TERRASSA

AUTO núm.

Ilmos. Sres. Magistrados

D. LUIS GARRIDO ESPA

D. JOSÉ LUIS CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ

D. JORDI LLUIS FORGAS FOLCH

En Barcelona a uno de junio de dos mil cuatro.

Vista en grado de apelación ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial la pieza segunda, de administración, del procedimiento de quiebra de la entidad CARNICAS ANTONIO GONZÁLEZ S.L., seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº. 4 de Terrassa, por virtud de recurso de apelación interpuesto por OLMOS Y BRET S.A., representada en esta instancia por la Procuradora Dª. Paloma García Martínez, contra el auto dictado en fecha 14 de febrero de 2002, siendo parte apelada la SINDICATURA DE LA QUIEBRA, representada por el Procurador D. Jaume Izquierdo Colomer.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva del auto apelado es del tenor literal siguiente: "PART DISPOSITIVA: Amb desestimació dels recursos presentats contra l'auto de vint-i-set de novembre de dos mil u, es declara que no escau la reposició de l'auto esmentat".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal del acreedor OLMOS Y BRET S.A., que fue preparado y formalizado conforme a la vigente LEC, confiriéndose traslado a la Sindicatura, que presentó escrito de oposición al recurso.

TERCERO

Recibidas las actuaciones y formado en la Sala el Rollo correspondiente, se procedió al señalamiento de día para votación y fallo, que se celebró el pasado 17 de marzo.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS GARRIDO ESPA.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Atendiendo a la petición de la Sindicatura de la quiebra de Cárnicas Antonio González S.L., el Auto de 27 de noviembre de 2001, dictado en la pieza segunda, de administración, (a) autorizaba a los Síndicos a proceder a la venta directa de los bienes muebles de la quebrada, siempre que el precio que se obtenga sea superior al fijado por perito tasador en dictamen que habría de emitir al efecto; (b) concedía autorización a la Sindicatura para que pudieran comparecer, en interés de la quiebra, en los procesos de ejecución hipotecaria que se hallaban en trámite contra los bienes inmuebles de la quebrada; (c) sugería a los Síndicos para que promovieran caso por caso los convenios de realización necesarios para la venta de otros inmuebles de la quebrada; y (d) autorizaba, también, a los Síndicos para presentar las demandas que sean necesarias para cobrar los créditos que tenga la quebrada contra terceras personas.

Tales pronunciamientos, confirmados por Auto posterior, de 14 de febrero de 2002, son objeto de la impugnación que formula uno de los acreedores, Olmos y Bret S.A., por estimar incompatibles tales procedimientos de venta de los activos de la quebrada con el régimen específicamente aplicable, contenido en el art. 1.358 de la LEC de 1881, que remite, en particular, al 1.088 del Código de Comercio de 1829, el cual exige la venta en pública subasta.

SEGUNDO

Con carácter previo es necesario precisar que el Auto...

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