SAP Alicante 37/2003, 28 de Enero de 2003

ECLIES:APA:2003:317
Número de Recurso878/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución37/2003
Fecha de Resolución28 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 7ª

SENTENCIA NUMERO 37 / 03

Iltmos. Sres.:

Presidente : D. José de Madaria Ruvira

Magistrado: D. José Teófilo Jiménez Morago

Magistrado: D. Javier Gil Muñoz

En la ciudad de Elche, a 28 de Enero de dos mil tres.

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante con sede en Elche, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de juicio verbal sobre formación de inventario número 76/02 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Elche (actual Instrucción número 2), de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada D. Constantino , habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador Sr. Moreno Martínez, y como apelada la actora Dª María Rosa , representada por el Procurador Sr. Alfonso Rosendo con la dirección del Letrado Sr. Gómez Devesa.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Elche (hoy Instrucción núm. 2) en los referidos autos, tramitados con el número 76/02, se dictó sentencia con fecha 16 de septiembre de 2.002, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo declarar y declaro que procede incluir en el pasivo de la sociedad de gananciales las partidas aportadas por Dª María Rosa con los números 2, 3 y 7, sin que proceda incluir partida alguna de las aportadas por D. Constantino , con expresa imposición de costas a éste último."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formado el Rollo número 878/02, tramitándose el recurso en forma legal. La parte apelante solicitó la revocación de la sentencia de instancia y la apelada su confirmación. Para la deliberación y votación se fijó el día 28 de Enero de 2.003.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Teófilo Jiménez Morago.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como primer motivo de recurso, interesa el apelante la inclusión en el pasivo de la sociedad de gananciales de la partida 5 referida a la devolución del IRPF correspondiente al ejercicio 1998 por importe de 1075,35 euros, por entender que dicha partida fue admitida por la demandante. Sin embargo el argumento no pude tener favorable acogida, por cuanto que no responde a la realidad que la parte demandante aceptará de forma expresa dicha partida, tal y como se desprende del examen del acta de inventario de bienes de fecha 26 de julio de 2002, por lo que no quedando acreditada con el documento aportado la procedencia de su inclusión, procede rechazar el motivo. Como segundo argumento de impugnación, se reprocha a la resolución apelada que no incluyera en el pasivo la partida número 3, y sin embargo que si lo hiciera con las partidas números 2,4 y 7 de la demandante. Tampoco puede prosperar el alegato, ya que con relación a estas últimas partidas su...

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