SAP Ciudad Real 104/2004, 16 de Diciembre de 2004

PonenteMARIA PILAR ASTRAY CHACON
ECLIES:APCR:2004:919
Número de Recurso104/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución104/2004
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 331

CIUDAD REAL, a dieciséis de diciembre de dos mil cuatro.

La Sala, de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, ha examinado y

votado el recurso de apelación admitido a la parte demandada contra la sentencia dictada en los autos de JUICIO VERBAL 254/2003, procedentes del JDO. 1A.INSTANCIA N. 1 de VALDEPEÑAS ,

a los que ha correspondido el Rollo 104/2004, en los que aparece como parte apelante D. Romeo representado por el Procurador D. JUAN VILLALON CABALLERO, y asistido por elLetrado D. ANTONIO MARTIN PEÑASCO LAGUNA, y como apelada Dña. Frida representada por el Procurador D. RAFAEL ALBA LOPEZ, y asistida por la

Letrada Dª MARIA DEL PILAR AGUADO MUÑOZ, y siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª

Mª PILAR ASTRAY CHACÓN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Sra. Juez del Juzgado 1ª Instancia se dictó sentencia en los referidos autos, de fecha 29 de enero de 2004 , cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: ESTIMAR INTEGRAMENTE LA DEMANDA INTERPUESTA por Dª Frida , a través de su representación procesal, contra D. Romeo .

CONDENAR AL DEMANDADO a que abone a la actora, o bien consigne en el Juzgado, la cantidad de ochocientos ocho euros con setenta y un céntimos (808,71 euros) menos setenta y dos euros con treinta y tres céntimos (72,33 euros) correspondiente a la octava parte del IBI devengado por la vivienda de recreo sita en las Lagunas de Ruidera, en total, SETECIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS (736,38 euros).

CONDENAR EN COSTAS a la parte demandada ".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma por la parte demandada, admitiéndose el recurso y dándole el trámite pertinente, las partes hicieron las alegaciones que estimaron convenientes en apoyo de sus respectivos intereses, elevándose los autos a la Audiencia y correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, se formó el correspondiente Rollo y se turnó la Ponencia, señalándose para la votación y fallo del recurso el día 16 de Diciembre.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia de Instancia, estimatoria de la demanda, condena al demandado al pago del 50% del IBI de los periodos sobre los que se concreta la demanda y que grava el domicilio atribuido a la esposa en convenio de separación, y tras la liquidación de gananciales se adjudico a ambos cónyuges proindiviso. Dicha cantidad es compensada con la parte proporcional que la esposa debía abonar del IBI correspondiente a la vivienda de recreo, también adjudicada a ambos proindiviso, y cuyo uso disfruta el demandado.

Frente a dicha Resolución se interpone el presente recurso de apelación, insistiendo el esposo en la ausencia de obligación de abono de la mitad de dicho impuesto, aduciendo infracción del art. 504 del Código Civil . Expone el recurrente que, a su entender, independientemente de la copropiedad del inmueble, la atribución del uso y disfrute del mismo a la esposa, supone una...

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