SAP Huelva 333/2000, 20 de Octubre de 2000

PonenteMERCEDES IZQUIERDO BELTRAN
ECLIES:APH:2000:1152
Número de Recurso4/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución333/2000
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 333

Iltmos. Sres.

Presidente

D. Francisco José Martín Mazuelos.

Magistrados

D. Santiago García García.

Dª. Mercedes Izquierdo Beltrán.

En Huelva a veinte de octubre de dos mil.

Esta Audiencia Provincial formada por los Magistrados anotados al margen y bajo la Ponencia de la Iltma. Sra. Dª Mercedes Izquierdo Beltrán, ha visto en grado de apelación los presentes autos de Juicio de Menor Cuantía sobre Tercería de Dominio núm. 96/99 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 5 de Huelva, seguido en virtud del recurso interpuesto por el Banco de Santander Central Hispano, S.A. representado por el Procurador don Alfredo Acero Otamendi, siendo parte apelada don Ignacio , representado por el Procurador D. Manuel Díaz García y defendida por el Letrado D. Javier Castizo Pichardo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 9 de noviembre de 1.999, el Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Huelva, dictó sentencia en el proceso arriba referenciado cuyo fallo literalmente dice: "Estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Díaz García en nombre y representación de don Ignacio , contra don Benedicto , Doña Regina y el Banco de Santander Central Hispano, S.A. debo declarar y declaro: 1º El dominio de D. Ignacio y Dª Alejandra sobre la finca registral NUM000 , que se halla indebidamente inscrita en el Registro de la Propiedad, en cuanto su superficie. NUM001 finca tiene efectivamente los linderos que se describen en el Registro de la Propiedad. 3º La finca registral NUM002 , se halla también indebidamente inscrita en referencia a su superficie y linderos. 4º El embargo de la finca NUM002 ha afectado a la real propiedad de los actores sobre el inmueble de su propiedad, al aparecer, en discordancia de la costatación registral con la realidad extratabular,comprendida dentro de la registral NUM002 todo o parte de la propiedad del actor. 5º Debe prevalecer la realidad extraregistral constatada sobre el contenido del Registro de la Propiedad y, en consecuencia, alzarse el embargo trabado sobre la finca registral NUM002 en los autos de juicio ejecutivo que bajo el núm. 69/95 se siguen en este Juzgado. Condeno igualmente, a los demandados al abono de las costas habidas en esta litis".

SEGUNDO

Recurrida dicha sentencia por la representación de la demandada, y admitido el recurso en ambos efectos, se remitieron las actuaciones a este Tribunal, y tras la ramitación oportuna fue señalado día para la vista, que se celebró el día 11 de octubre de 2.000.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia que estima la tercería de dominio presentada por don Ignacio , sobre la finca registral NUM002 embargada a don Benedicto y doña Regina , el Banco de Santander Central Hispano opone que el actor no acredita suficientemente el titulo de dominio de la finca inscrita en el Registro de la Propiedad a nombre de los ejecutados, acreditando solo la titularidad de la finca registral NUM000 .

Pese a las dificultades probatorias con que se encuentra la actora para desvirtuar la presunción de veracidad de los asientos registrales reconocido en el art. 38 de la LH, cuando establece que ,a todos los efectos legales se presumirá que los derechos reales inscritos en el Registro existen y pertenecen a su titular en la forma determinada por el asiento respectivo...

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