SAP Madrid 171/2006, 5 de Mayo de 2006

PonenteMARIA CARMEN COMPAIRED PLO
ECLIES:APM:2006:5411
Número de Recurso403/2005
Número de Resolución171/2006
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

MARIA CARMEN COMPAIRED PLOADORACION MARIA RIERA OCARIZMARIA DE LOS ANGELES BARREIRO AVELLANEDA

CG

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACIÓN PROCTO. ABREVIADO 403 /2005

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 148 /2005

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 17 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 171/06

ILMAS. SRAS.

PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO

MAGISTRADA DÑA. A. MARIA RIERA OCARIZ

MAGISTRADA DÑA. MARIA ANGELES BARREIRO AVELLANEDA

En MADRID, a cinco de Mayo de dos mil seis.

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª Raquel Olivares Pastor, en representación de Isabel, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 17 de Madrid; siendo partes apeladas el Ministerio Fiscal, y el Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid en representación del Instituto de la Vivienda de Madrid, actuando como ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 22/06/05 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ›FALLO: Que DEBO CONDENAR Y CONDENO A Isabel como autora penalmente responsable de un delito de usurpación ya circunstanciado, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de CUATRO MESES MULTA con una cuota diaria de TRES EUROS, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas conforme al artículo 53 del Código Penal ; con expresa imposición de las costas del presente procedimiento..‹

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: ›Valorando en conciencia la prueba practicada resulta probado y así se declara que la acusada Isabel, mayor de edad por cuanto nacida el 11 de agosto de 1984 y sin antecedentes penales, en el mes de julio de 2003 se introdujo sin autorización de su titular, y sin que conste el empleo de fuerza, en la vivienda sita en la calle Ampuero número 2, 3º puerta 4, Grupo Villaverde- Cruce de Madrid, propiedad del Instituto de la Vivienda de Madrid, residiendo en la misma hasta el día 18 de marzo de 2004 pese a haber sido requerida para su desocupación, fecha en la que se ejecutó el desalojo de la finca para su posterior demolición. ›.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal y a la parte apelada, se presentaron escritos de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Juzgado de lo...

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