SAP Madrid, 10 de Febrero de 2001

PonenteROSA MARIA BROBIA VARONA
ECLIES:APM:2001:1898
Número de Recurso1733/2000
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a diez de Febrero de dos mil uno.

provincial de Madrid, los presentes Autos de Juicio de Verbal , Núm. 539/98 , sobre, Determinación Rentas , procedentes del Juzgado de primera instancia, Núm,48 , de Madrid , seguidos entre partes, como Apelante Dª. Celestina , cuyas demás circunstancia personales ya constan en la Sentencia apelada Nº , y como Apelada D. Valentín ,Igualmente circunstanciada en aquella sentencia, Rollo de Sala Nº 1733/2000.

VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Rosa Brobia Varona

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los Autos originales Núm. 539/98, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 48 de Madrid ,fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid,de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 48 , de Madrid , se dictó sentencia con fecha: veintidos de marzo de1999 , cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.-" Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por Dª. Celestina contra D. Valentín , representado por el procurador Dª. Mª. Teresa Carretero Gutierrez, absolviendo a esta de los pedimentos de la actora y expresa imposición a dicha parte de las costas causadas."

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se interpuso, en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante , que fue admitido en ambos efectos, remitiéndose los Autos a esta Sección Vigesimoquinta previa presentación de los escritos de alegación en el Juzgado de Primera Instancia, conforme a la nueva redacción que ha dado la Ley 10/92 a los Artículos 733 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, señalándose para la Votación y fallo del presente recurso el día nueve de febrero del mes en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se celebró contrato de arrendamiento entre las partes litigantes de la vivienda sita en la CALLE000 nº NUM000 NUM001 puerta NUM002 de Madrid el 17 de marzo de 1997, con una renta de 600.000.-ptas anuales, el 1 de abril de ese mismo año acordaron una reducción de la renta fijándose ésta en 35.000.-ptas mensuales. Interpone demanda la arrendataria solicitando una nueva reducción de la renta a 10.000.-ptas , aduciendo abuso de derecho, pues entiende que la vivienda es inhabitable, y el mobiliario y electrodomésticos con los que fue arrendada se encuentran muy deteriorados.

La sentencia de instancia desestimó la demanda por...

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