SAP Tarragona 355/2004, 19 de Octubre de 2004

PonenteMARIA DEL PILAR AGUILAR VALLINO
ECLIES:APT:2004:1607
Número de Recurso48/2004
Número de Resolución355/2004
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª

SENTENCIA NUM.

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

D. Antonio Carril Pan

MAGISTRADOS

Dª Mª Pilar Aguilar Vallino

Dª Sara Uceda Sales

En Tarragona a diecinueve de octubre de dos mil cuatro.

Visto ante la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Recurso de Apelación interpuesto por Gustavo y Claudia representados por el Procurador Sr. Gómez de la Guerra y asistido de la Letrada Sra. Claudia contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Tarragona en fecha 31 julio 2003, en Juicio de Menor Cuantía nº 213/00 constando como parte apelada Ricardo representado por el Procurador Sr. Escoda Pastor y asistido del Letrado Sr. Pérez Barahona.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Que estimando parcialmente, como estimo, la demanda formulada por el Procurador D. Juan Antonio Gómez de la Guerra en nombre y representación de D. Gustavo y Dª Claudia contra la Promotora Cases de Llevant S.A. y contra

D. Ricardo , debo de condenar y condeno a la primera demandada a la reparación in natura de los defectos que figuran en el informe emitido por el perito D. Juan Ramón y, subsidiariamente, se indemnice a los demandantes en la cantidad que se fije en ejecución de sentencia con base en el informe mencionado y las costas de esta primera instancia, y debo de absolver y absuelvo al demandado D. Ricardo de los pedimentos solicitados por los actores, condenando a estos al pago de las costas respecto a dicho demandado".

SEGUNDO

Interpuso recurso de apelación la parte demandante solicitando la condena al demandado Ricardo como constructor de la vivienda, a pagar la misma cantidad que desembolsaron los otros dos codemandados en primera instancia.Admitido en ambos efectos, se dió traslado a la parte apelada para alegaciones, en cuyo trámite solicitó la desestimación del recurso y confirmación de la sentencia.

TERCERO

Remitidas las actuaciones a esta Audiencia, se incoó el Rollo correspondiente, habiéndose procedido a deliberación y votación por este Tribunal el día señalado, con el resultado, por unanimidad, que se expresa.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Mª Pilar Aguilar Vallino.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia apelada aprecia la existencia de los vicios...

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