SAP Barcelona 167/2005, 20 de Abril de 2005
Ponente | THEA ISABEL ESPINOSA GOEDERT |
ECLI | ES:APB:2005:3815 |
Número de Recurso | 72/2005 |
Número de Resolución | 167/2005 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑODª. ASUNCION CLARET CASTANYD. THEA ISABEL ESPINOSA GOEDERT
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMONOVENA
ROLLO Nº 72-2005-BB
PROCEDIMENT ORDINARIO núm. 654-2003
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 2 DE TERRASSA
S E N T E N C I A N ú m. 167/2005
Ilmos. Sres.
D./Dª. MIGUEL COLLADO NUÑO
D./Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY
D./Dª. THEA ESPINOSA GOEDERT
En la ciudad de Barcelona, a Veinte de Abril de dos mil cinco.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimonovena de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procediment Ordinari nº 654-2003, seguidos por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Terrassa, a instancia de DIRECCION000, D/Dª. Julián, D. Carlos Jesús, Dª. Carmen, Dª. Pilar , D. Benedicto y Dª. Pilar, contra PROMABAC S.A.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por ambas partes contra la Sentencia dictada en los mismos el día 18 de octubre de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE ESTIMANDO EN PARTE la demanda formulada por el Procurador don JOAQUIN TARIN BELLOT, en nombre y representación de DIRECCION000, de TERRASSA de doña Carmen, de don Benedicto, de don Jesús Luis, de don Carlos Jesús, de don Julián y de doña Pilar, contra PROMABAC, S.A. DEBO CONDENAR Y CONDENO a la expresada demandada a la reparación a su costa de los deterioros y deficiencias en la forma que se señala en el fundamento de derecho cuarto de esta sentencia, así como a entregar el certificado de garantía a cada uno de los propietarios de las viviendas, a no ser que la parte actora acepte los certificados que a tal fin se acompañan como documentos 4 a 9 de la contestación a la demanda (ff 189 y ss de las actuaciones ) y sin especial declaración de las costas causadas."
Contra la anterior Sentencia interpusieron recurso de apelación ambas partes mediante su escrito motivado, dándose traslado a las contrarias; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 13 de abril de 2005.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. THEA ESPINOSA GOEDERT.
La sentencia de 18 de octubre de 2004, dictada por el Juzgado Instrucción de Terrassa nº 2 estimaba parcialmente la demanda formulada por la DIRECCION000 contra PROMABAC SA, y condenaba a la demandada a la reparación a su costa de los deterioros y deficiencias señalados en dicha sentencia. Contra aquella resolución se alza la parte actora a través de recurso de apelación que funda en su disconformidad por no haberse condenado a la demandada a la reparación de las grietas del lateral del edificio. También recurre la sentencia la entidad PROMABAC SA considerando que la resolución de instancia incurre en incongruencia extra petita y, además, vulnera el art 1101 CC en relación con el 1591.
Analizando la sentencia recaída como los recursos planteados constatamos como el objeto de apelación queda limitado a la concreción de la gravedad y responsabilidad de las deficiencias y deterioros aparecidos en el inmueble.
Filomena, arquitecto, designada como perito judicial en la presente causa en el dictamen elaborado y que obra en autos en los folios 285 ss, indica de forma pormenorizada todos y cada uno de los defectos e imperfecciones constatables en el inmueble , así como la posible reparación de los mismos. Análisis, posteriormente recogido de forma minuciosa por la resolución ahora recurrida,donde, concretamente en el principio del FD 2 y al analizar los defectos comunes a la Comunidad, se inicia detallando en el apartado a) "Grieta en el lateral del edificio, lateral de la C/ Dr Ferrán, que corre la fachada desde el ático hacia a bajo. Por esta grieta entran...
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