AAP Álava 55/2010, 3 de Mayo de 2010

PonenteIÑIGO MADARIA AZCOITIA
ECLIES:APVI:2010:126A
Número de Recurso748/2009
ProcedimientoRECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000
Número de Resolución55/2010
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA

Sección / Sekzioa: 1ª/1.

AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P./PK: 01008

Tel.: 945-004821

Fax / Faxa: 945-004820

N.I.G. / IZO: 01.02.2-09/005466

A.p.ordinario L2 / 748/2009 - B

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia: Juzgado de 1ª Instancia nº 1 (Vitoria) / Lehen Auzialdiko 1 zk.ko Epaitegia (Gasteiz)

Autos de 670/2009 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: Plácido

Procurador / Prokuradorea: IRATXE DAMBORENEA AGORRIA

Abogado / Abokatua: LUIS DAMBORENEA GONZALEZ DE LANDETA

Recurrido / Errekurritua: AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ, CIA DE SEGUROS AXA WINTERTHUR, ESCONSU S.L Y

SEGUROS AXA, S.A

Procurador / Prokuradorea:MARTA PAUL NUÑEZ, ISABEL GÓMEZ PÉREZ DE MENDIOLA

Abogado / Abokatua: EDUARDO OLAIZOLA GONZÁLEZ DE ZARATE, ANA MARIA URIBE ACEVEDO, ANOUSKA SUCUNZA

TOTORICAGUENA

A U T O Nº 55/10

Iltmos. Sres.:

PRESIDENTE D. IÑIGO MADARIA AZCOITIA

MAGISTRADO D. IÑIGO ELIZBURU AGUIRRE MAGISTRADA Dª. SILVIA VIÑEZ ARGÜESO

En VITORIA-GASTEIZ, a 03 de Mayo de 2010 HECHOS

PRIMERO

Por la representación de D. Plácido se interpuso recurso de apelación contra el auto dictado en fecha 09.09.09, por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vitoria-Gasteiz, en autos de Juicio Ordinario nº 670/09, recurso que se tuvo por interpuesto mediante providencia de 20.10.09, dando traslado a las partes por diez días para alegaciones, presentando las representaciones del AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ, AXA WINTERTHUR, ESCONSU S.L, SEGUROS AXA S.A el Letrado del Ayuntamiento

D. Eduardo Olaizola González de Zarate, escritos de oposición al recurso presentado de contrario; elevándose a continuación los autos a esta Audiencia, cuya parte dispositiva dice:

"PROCEDE ESTIMAR las declinatorias de jurisdicción formuladas por el Letrado del Excmo. Ayto. de Vitoria-Gasteiz, por Procuradora Dña. Marta Paul Núñez, en nombre y representación de las mercantiles WINTERTHUR S.A y ESCONSU S.L., y por Procuradora dña. Isabel Gómez Pérez de Mendiola, en nombre y representación de la aseguradora AXA SEGUROS S.A., por carecer de Jurisdicción para el conocimiento y resolución del presente procedimiento al corresponder la misma a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y, en consecuencia, SE ACUERDA EL SOBRESEIMIENTO del presente procedimiento, con expresa imposición de costas a la parte actora.

SEGUNDO

Recibidos los autos en la Secretaría de esta Audiencia, en fecha 15.12.09 se formó el Rollo, registrándose y turnándose la Ponencia, al Ilmo. Sr. PresidenteD. IÑIGO MADARIA AZCOITIA. Por providencia del día 18.03.10 siguiente se señala deliberación, votación y fallo el día 27 de abril de 2010.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna la resolución de instancia al considerar competente la jurisdicción del orden civil. Alega el recurrente que los hechos en que se funda la demanda traen causa en un accidente de circulación provocado por un policía municipal, cuando conducía un vehículo oficial, y que causa daños a un tercero. Añade que el agente imputa la causa del accidente al mal estado de las obras que ejecutaban las otras dos empresas demandadas. Por ello considera que se demanda frente al responsable del accidente, cuyas alegaciones provocan la necesidad de dirigir la acción también frente a las otras demandadas. Opone asimismo que interpuso un acto de conciliación, en cual se emplazó a las demandadas y no se suscitó la cuestión atinente a la competencia. Finalmente se impugna el pronunciamiento sobre costas, al entender que se trata de una cuestión jurídicamente dudosa y que la demanda se admitió a trámite, aceptando el Juez su competencia.

SEGUNDO

Dando por reproducidos los fundamentos del auto de instancia debe confirmarse el mismo, por cuanto en la demanda se deduce no solo la posible responsabilidad de una agente de la autoridad, en ejercicio de sus funciones cuando conducía un vehículo oficial, sino que asimismo se dirige la demanda hacia las empresas concesionarias de las obras propiedad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, eventualmente responsables de los daños y las lesiones sufridas por el actor como consecuencia de la caída de una valla de cerramiento de las obras sitas en la C/ Florida nº 29,...

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