AAP Álava 102/2010, 26 de Julio de 2010

PonenteSILVIA VIÑEZ ARGUESO
ECLIES:APVI:2010:67A
Número de Recurso153/2010
ProcedimientoRECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000
Número de Resolución102/2010
Fecha de Resolución26 de Julio de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA

Sección / Sekzioa: 1ª/1.

AVENIDA GASTEIZ 18-2ª planta - C.P./PK: 01008

Tel.: 945-004821

Fax / Faxa: 945-004820

N.I.G. / IZO: 01.02.2-09/010070

A.p.ordinario L2 / 153/2010 - A

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia: Juzgado de 1ª Instancia nº 3 (Vitoria) / Lehen Auzialdiko 3 zk.ko Epaitegia (Gasteiz)

Autos de 996/2009 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: Octavio

Procurador / Prokuradorea: JAVIER AREA ANITUA

Abogado / Abokatua: EUGENIO MOREDA PELADO

Recurrido / Errekurritua: FRIGORIFICOS INDUSTRIALES ALAVESES S.A. FIASA

Procurador / Prokuradorea: ANA ROSA FRADE FUENTES

Abogado / Abokatua: JOSE ANGEL QUINTANILLA RUBIO

A U T O Nº 102/10

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. IÑIGO MADARIA AZCOITIA

MAGISTRADA Dª MERCEDES GUERRERO ROMEO

MAGISTRADO SUPLENTE Dª SILVIA VÍÑEZ ARGÜESO

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de Julio de 2010

HECHOS
PRIMERO

En el Incidente sobre excepción declinatoria de falta de jurisdicción a favor de la jurisdicción social en el Procedimiento ordinario sobre demanda de reclamación de cantidad número 996/2009, el 19 de Noviembre de 2009 el Juzgado de primera Instancia núm. 3 de los de Vitoria-Gasteiz dictó Auto cuya Parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se estima la declinatoria planteada por la Procuradora D.ª Ana Rosa Frade Fuentes, en nombre y representación de FRIGORÍFICOS INDUSTRIALES ALAVESES, declarando la falta de Jurisdicción de éste Tribunal, señalándose competente la Jurisdicción Social" (sic).

SEGUNDO

Frente al citado Auto interpuso en tiempo y forma recurso de apelación el demandante,

D. Octavio, dirigido por el Letrado D. Eugenio Moreda Pelado y representado por el Procurador D. Javier Área Anítua, haciendo las alegaciones que se examinarán en los Razonamientos jurídicos siguientes. Dicho recurso se tuvo por interpuesto mediante Providencia del Juzgado de 28 de Enero de 2010, dándose traslado del mismo a la otra parte. Evacuando dicho traslado, la demandada, FRIGORÍFICOS INDUSTRIALES ALAVESES, S.A., presentó escrito solicitando la confirmación del Auto apelado. Seguidamente, se mandó elevar los autos a esta Audiencia provincial emplazando a las partes.

TERCERO

Personadas ambas partes, y recibidos el 4 de Marzo de 2010 los autos en la Secretaría de esta Audiencia, mediante Diligencia de Ordenación del día 9 siguiente se mandó formar el presente Rollo de Apelación civil, registrándose con el núm. 153/2010, y turnándose la Ponencia al Ilmo. Sr. Magistrado de esta Sección primera D. Iñigo Elizburu Aguirre. Por Providencia de 18 de Mayo se señaló para la deliberación, votación y fallo del recurso de apelación el día 17 de Junio de 2010. Conforme al Acuerdo adoptado el 10 de Junio de 2010 por el Ilmo. Sr. Presidente en funciones de la Audiencia, encontrándose ausente el Ponente se llamó a formar Sala a la Magistrado suplente Sra. SILVIA VÍÑEZ ARGÜESO., quien expresa el parecer de la Sala.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los correlativos de la resolución impugnada, y:

PRIMERO

El 25 de Enero de 2005 D. Octavio era trabajador de la empresa Frigoríficos industriales alaveses, S.A. y sufrió un accidente que fue calificado como accidente de trabajo por la Dirección provincial de Álava del Instituto nacional de la Seguridad social mediante Resolución de 5 de Julio de 2006, resolución en la que se declaraba la responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad en el trabajo. Recibido el último parte de alta médica el 27 de Abril de 2007 e intentado el último acto de conciliación sin avenencia el 15 de Julio de 2008, el 14 de Julio de 2009 el trabajador presentó para ante el Juzgado de primera Instancia de Vitoria-Gasteiz que por turno corresponda demanda contra la empresa en reclamación de 20.492,45 euros en concepto de indemnización por los 407 días que ha estado de baja por incapacidad como consecuencia del accidente. Ejercita el demandante la acción de responsabilidad civil por culpa extracontractual de los artículos 1902 y 1903.I y IV del Código civil, razón por la cual señala en la demanda la competencia de la jurisdicción civil conforme al art. 21.1 de la Ley orgánica del Poder judicial. El Juzgado de primera Instancia al que correspondió la demanda afirmó ex art. 45 de la Ley de Enjuiciamiento civil tener jurisdicción para conocer la misma, admitiéndola a trámite. Emplazada la demandada para contestar la demanda el 11 de Septiembre de 2009, dentro de los diez días hábiles siguientes, el 23 de Septiembre, la demandada presentó escrito proponiendo declinatoria para denunciar la falta de jurisdicción del Juzgado ante el que se ha interpuesto la demanda, por corresponder el conocimiento de ésta a los órganos del orden jurisdiccional social, todo ello al amparo de los artículos 39, 63 y 64.1 LEc . Evacuando el traslado conferido ex art. 65.1.I LEc, el demandante sostuvo la jurisdicción del Juzgado de primera Instancia, el cual dictó Auto estimando la declinatoria y absteniéndose de conocer la demanda, señalando conforme al art. 65.3 LEc a la jurisdicción social. Recurre en apelación la demandante al amparo del art. 66.1 LEc, el cual dispone que contra el auto absteniéndose de conocer por pertenecer el asunto a tribunal de otro orden jurisdiccional, cabrá recurso de apelación. En el presente supuesto, no se ha planteado un conflicto de competencia ya que el Juzgado de primera Instancia que estaba conociendo del asunto no ha sido requerido por un tribunal de lo social para que deje de conocer el asunto, ni, por tanto, el Auto apelado es dictado por el Juzgado como requerido; de manera que no le resulta aplicable lo dispuesto en el art. 49 LoPj

, según el cual, las resoluciones recaídas en la tramitación de los conflictos de...

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