SAP Valencia 142/2006, 22 de Marzo de 2006
Ponente | JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO |
ECLI | ES:APV:2006:1658 |
Número de Recurso | 78/2006/ |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 142/2006 |
Fecha de Resolución | 22 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN UNDÉCIMA
VALENCIA
NIG: 46250-37-2-2006-0000470
Procedimiento: Recurso de apelación Nº 78/2006- L
Dimana del Juicio Ordinario Nº 000457/2004
Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE TORRENTE
Apelante/s: D. Luis Pedro.
Procurador/es.- GEMA MARTINEZ ALEJOS.
Apelado/s: Dª Marí Juana.
Procurador/es.- ENRIQUE JOSE DOMINGO ROIG.
SENTENCIA Nº 142/06
Iltmos/as. Sres/as.:
Presidente
D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO
Magistrados/as
Dª SUSANA CATALAN MUEDRA
D. MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA
En Valencia, a Veintidós de Marzo de Dos mil seis.
Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO, los autos de Juicio Ordinario nº 457/2004, promovidos por Dª Marí Juana contra D. Luis Pedro sobre "reclamación de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por D. Luis Pedro, representado por el Procurador Dña. GEMA MARTINEZ ALEJOS y asistido del Letrado D. LEONOR GONZALEZ QUINTANILLA contra Dª Marí Juana, representado por el Procurador D. ENRIQUE JOSE DOMINGO ROIG y asistido del Letrado D. SALVADOR MARCO GARCIA.
El Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Torrente, en fecha 16-5-05 en el Juicio Ordinario nº 457/2004 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta en nombre de Dª Marí Juana, condeno a D. Luis Pedro a pagar al actor la cantidad de nueve mil seiscientos sesenta y nueve euros y setenta y cuatro céntimos (9.66'74) más los intereses legales incrementados en dos puntos desde la fecha de esta resolución, sin declaración especial sobre costas."
Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de D. Luis Pedro, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de Dª Marí Juana. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 20 de Marzo de 2.006.
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
SE ACEPTAN los fundamentos de derecho de la resolución impugnada en cuanto no se opongan a lo que se dirá.
Frente a la sentencia recaída en la instancia, estimatoria en parte de la demanda, ha recurrido en apelación la parte demandada, alegando, de un lado, que no había elementos de prueba que acreditaran que la caída de la actora en la acera se debiera al haber pisado unos excrementos de animal lanzados por unos menores desde el balcón del domicilio del demandado, D. Luis Pedro, a la sazón padre de aquellos; argumentando, de otro, que los testigos eran confusos; esgrimiendo, de otro, que las preguntas a los testigos sobre la tenencia de...
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