SAP Barcelona 700/2005, 9 de Noviembre de 2005

PonenteJOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS
ECLIES:APB:2005:11792
Número de Recurso402/2005
Número de Resolución700/2005
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA N ú m. 700

Ilmos. Sres.

D./Dª. JOSEP MARIA BACHS ESTANY

D./Dª. FRANCISCO HERRANDO MILLAN

D./Dª. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

En la ciudad de Barcelona, a nueve de noviembre de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Once de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 431/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Gavà, a instancia de GRUFARMA 92, S.L., contra D/Dª. VICENTE PARGA SANJURJO, MANUEL ROMERO AGUILAR, S.L. y MUTUAL FLEQUERA DE CATALUÑA; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada Mutual Flequera de Cataluña contra la Sentencia dictada en los mismos el día 3 de Febrero de 2.005 , por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda interpuesta, y en consecuencia debo condenar a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 8.242,78 euros, mas los intereses legales, si bien respecto a la entidad Mutual Flequera de Catalunya, el interés será el legal aumentado en un 50% desde la fecha del accidente, esto es el 28 de marzo de 2.003, sin que transcurrido 2 años desde la misma pueda ser inferior al 20% y con expresa condena en costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada Mutual Flequera de Cataluña mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 3 de Noviembre de 2.005.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Carece de sentido y razón el presente recurso de apelación interpuesto por la demandada "MUTUAL FLEQUERA DE CATALUNYA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA" -aseguradora del vehículo causante del accidente- contra la resolución de primer grado por la que se le condena a que pague a "GRUFARMA 92, S.L." la suma de 8.242,78 euros por los conceptos de: a) IVA -el importe de la reparación...

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