SAP Almería 131/2006, 17 de Mayo de 2006

PonenteTARSILA MARTINEZ RUIZ
ECLIES:APAL:2006:463
Número de Recurso89/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución131/2006
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO APELACIÓN PENAL Nº 89/06

SENTENCIA NUMERO 131/06

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ

MAGISTRADOS:

D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD

Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID

En la Ciudad de Almería, a 17 de mayo de 2006.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo número 89/06, el Procedimiento Abreviado número 1054/04, procedente del Juzgado de lo Penal nº 2 de Almería, por delito de IMPAGO PENSIONES, siendo APELANTE Juan, representado por la Procuradora Dª. Antonia Abad Castillo y defendido por la Letrado Dª. Ana María Castaño Martínez, y APELADA Carla, representada por la Procuradora Dª. María Dolores Pérez Muros y defendida por el Letrado D. José Carlos Castells Ortells.

Ha sido parte el MINISTERIO FISCAL.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº 2 de Almería, en la referida causa se dictó sentencia de 27 de septiembre de 2005, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: "Se declara probado que, el acusado Juan, mayor de edad y antecedentes penales, viene obligado en virtud de sentencia firme de separación del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería, de fecha 11 de julio de 2002, a abonar a su esposa Sra. Carla, en concepto de alimentos para sus dos hijos, la cantidad mensual de 180.30 euros por cada uno de ellos, en total 360.60 euros mensuales, incumpliendo dicha obligación de forma reiterada, pudiendo hacerlo, habiendo dejado de abonar las cantidades correspondiente a los meses de julio, agosto y septiembre de 2002, y los meses de marzo y abril de 2003, siendo estos hechos denunciados por Dª Carla en el mes de abril de 2003."

TERCERO

En el Fallo de dicha sentencia se establece: "Que, debo CONDENAR Y CONDENO como responsable de un delito de abandono de familia por impago de pensión, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a Juan, a la pena de arresto de 12 fines de semana, que al no estar en vigor como pena serán sustituidos por 48 cuota de multa con una cuota diaria de 12 euros de conformidad con el artículo 88 del C.P., y al pago de costas. En cuanto a responsabilidad civil, deberá indemnizar a Carla en la cantidad de 1.561,82 euros."

CUARTO

Por la representación procesal de Juan se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, mediante escrito en el que se solicitó se dicte nueva sentencia en sentido absolutorio, por las razones expuestas en dicho escrito.

QUINTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a las otras partes personadas, interesando el Ministerio Fiscal y la parte apelada la confirmación de la resolución recurrida.

SEXTO

A continuación, se elevaron las actuaciones a este Tribunal, donde se han observado las prescripciones del trámite, y no habiéndose solicitado prueba en esta alzada, se señaló para deliberación, votación y fallo, el pasado 12 de mayo de 2006.

Se aceptan los así declarados en la resolución recurrida, puntualizando en los mismos que la pensión a abonar por el acusado por los meses impagados objeto de acusación asciende a 300,50 € mensuales, lo que hace un total de 1.502,25€.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Sostiene la parte recurrente, frente al pronunciamiento condenatorio de la sentencia de primera instancia, que se ha producido un error en la apreciación de la prueba y una infracción de la rt. 227 del CP, alegando, en esencia, por un lado, que la pensión alimenticia que había de satisfacer no era de 180,30€ por...

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