SAP Asturias 139/2004, 5 de Abril de 2004

PonenteMARIA NURIA ZAMORA PEREZ
ECLIES:APO:2004:1256
Número de Recurso115/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución139/2004
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª

SENTENCIA Nº139

En el Rollo de apelación núm.115/04, dimanante de los autos de juicio civil Ordinario, que con el número 404/03 se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia de Oviedo 1, siendo apelante DOÑA Lina

, demandante en Primera Instancia, representado por el Procurador Sr. D. Rafael Cobián Gil Delgado y como parte apelada SEGUROS MERCURIO, demandada en dicha instancia, representada por el Procurador Sr. Emilio Secades Cortina; ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Doña Nuria Zamora Pérez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm.1 de Oviedo dictó sentencia en fecha 19 de Noviembre de 2003 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:" Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Cobián Gil Delgado en nombre y representación Lina contra la entidad aseguradora Mercurio debo absolver y absuelvo a la referida demandada de los pedimentos deducidos en su contra con expresa condena en costas al actor."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del cual se dió el preceptivo traslado a las demas partes conforme a lo dispuesto en el artículo 461 de la vigente Ley, que lo evacuaron en plazo, formulando Seguros Mercurio oposición al mismo. Remitiéndose posteriormente los autos a esta Sección, señalandose para deliberación, votación y fallo el día 30 de Marzo de 2004.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la demanda rectora de a presente litis la actora Doña Lina , reclama la indemnización de los menoscabos físicos sufridos a raíz del accidente de circulación acaecido sobre las 20 horas del día 9 de julio del 2002 cuando viajaba como usuaria de un autobús de la empresa TUA, línea 1 que hacía el trayecto Colloto- Parque Principado, al colisionar éste con dos vehículos que le precedían.

La sentencia de instancia desestima la demanda al considerar, en el fundamento de derecho tercero, que la actora no consigue acreditar que el accidente se produjera en la forma que relata, ni siquiera que ella fuera usuaria del autobús que dice.

SEGUNDO

Contra dicha resolución se alza la parte actora quien considera que el juez de instancia incide en una errónea valoración de la prueba, ya que de la prueba documental aportada queda evidenciada la existencia del accidente.El motivo invocado ha de ser estimado. La apelante, según manifiesta, a consecuencia del accidente fue atendida en la Clínica de Asturias (f.6), documento en el que consta que la entidad por cuya cuenta se presta la asistencia sanitaria es Seguros Mercurio. Esta es la entidad aseguradora de la responsabilidad civil de los autobuses de la empresa TUA. Asimismo, en la Audiencia Previa, la parte actora aporta un informe de valoración del daño corporal emitido por el doctor D. Ángel Jesús , quien reconoce que los honorarios profesionales...

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