AAP Madrid 774/2003, 10 de Octubre de 2003

ECLIES:APM:2003:11010
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución774/2003
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

ROLLO RP 272/03

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE GETAFE

JUICIO ORAL Nº 417/02

SENTENCIA Nº 774/03

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILMOS. SRES. DE LA SECCION 23ª

D. ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN

D. RAFAEL MOZO MUELAS

Dña. MARTA PEREIRA PENEDO

En Madrid, a 10 de Octubre de 2003.

VISTO, en segunda instancia, ante la Sección 23ª de esta Audiencia Provincial, Juicio Oral 417/02, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Getafe, seguido por un delito de robo con fuerza, contra el inculpado Carlos Miguel , venido a conocimiento de esta Sección, a virtud de recurso de apelación, interpuesto en tiempo y forma por la representación de dicho inculpado, contra la sentencia dictada por la Iltma. Sra. Magistrado-Juez del referido Juzgado, con fecha 12 de marzo de 2003.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la Sentencia apelada se establecen como HECHOS PROBADOS que: " el acusado Carlos Miguel , mayor de edad, sin antecedentes penales y reseñado en la Comisaría de Policía Nacional de Leganés (Madrid) con nº de orden y clise NUM000 , en compañía de otra persona menor de edad que no es objeto de enjuiciamiento, puestos de acuerdo y con ánimo de obtener un ilícito enriquecimiento, en hora no determinada pero comprendida entre las 22:00 horas del día 9 de agosto de 2001 y las 5:45 horas del día 10 de agosto de 2001, se dirigió al vehículo Ford Escord matrícula W-....-WL , propiedad de Héctor , que se encontraba estacionado y debidamente cerrado en la C/ Doctor Fleming de la localidad de Leganés, y tras apalancar su puerta delantera derecha, accedieron a su interior y se apoderaron de varias cintas de radiocasete cuyo valor no consta, y arrancaron la carcasa del cuadro de mandos, manipulando los cables de incendio del turismo para arrancarlo, sin conseguirlo. El vehículo resultó con unos daños que han sido pagados por su propietario y cuya factura no ha sido aportada.

Seguidamente, entre las 0:10 horas y las 5:45 horas del día 10 de agosto de 2001, el acusado, con su acompañante menor, guiado por el mismo ánimo, se dirigió al Ford Escort matrícula D-....-DF , propiedad de Carlos Alberto , que estaba estacionado y cerrado en la Avda. de Orellana de Leganés, y tras violentar el bombín de la cerradura de la puerta izquierda, entraron y se apoderaron de unos prismáticos marca Omega, dos destornilladores uno de mango rojo y otro amarillo, cuatro bujías y siete brocas de hierro, guardándose el acusado un destornillador y su acompañante el resto de los efectos, así como una taladradora Black & Decker y unas correas de distribución. Y tras ello, pusieron en marcha el referido vehículo Ford Escort, realizando el denominado "puente" eléctrico, circulando con él y aparcándolo de nuevo en la misma calle, pero en sentido contrario a aquel en que había sido estacionado por su propietario. Este Ford Escrot D-....-DF , cuyo valor venal ha sido valorado en 1.821,06 euros, resultó con unos daños tasados en 871,17 euros que han sido pagados por la aseguradora de este vehículo Mapfre, habiendo renunciado su propietario a toda indemnización que pudiera corresponderle por cualquier concepto.

Posteriormente, sobre las 5:45 horas del día 1 de agosto de 2001, el acusado Carlos Miguel y su acompañante menor, con igual ánimo, se dirigieron a la C/ Río Manzanares de Leganés, y tras romper la cerradura de la puerta derecha del vehículo Ford Sierra matrícula Q-....-QW , propiedad de Rosario , entraron a su interior, intentando apoderarse del radiocassete, además de causar desperfectos en la carcasa y los cables de encendido con intención de arrancar el vehículo, valorados en 583,82 euros, no logrando su propósito al ser sorprendidos por la Policía Local, que procedieron a la detención del acusado y del menor que le acompañando, ocupándoles los efectos previamente sustraídos en el interior del Ford Escort D-....-DF , a excepción de la taladradora y de las correas de distribución, así como una llave para extraer radiocassete que se encontraba en poder del acusado.

El acusado Carlos Miguel ha estado detenido por estos hechos los días 10 y 11 de agosto de 2001 y 3 de diciembre de 2002".

Y el FALLO es de tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Carlos Miguel como autor de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas de los arts. 237, 238 nº 2 y 3, 240 y 74 del Código Penal, sin concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, a la pena de un año y seis meses de prisión, con la accesoria inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR