SAP Álava 375/2000, 23 de Octubre de 2000
Ponente | IÑIGO ELIZBURU AGUIRRE |
ECLI | ES:APVI:2000:675 |
Número de Recurso | 290/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 375/2000 |
Fecha de Resolución | 23 de Octubre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Álava, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 375/00
En el recurso de apelación civil rollo de Sala nº 290/00, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vitoria-Gasteiz, Autos de Juicio de Cognición nº 477/99, promovido por Dª Elena y Dª Rita dirigidas por los
Letrados D. Angel Pedro Pablos Susaeta y D. R. González Vicente y representadas por los Procuradores D. Jesús Arrieta Vierna y Dª Catalina Bengoechea Martorell, frente a la sentencia dictada en fecha 24.2.00, siendo parte apelada D. Eusebio dirigido por la Letrada Dª Rosario Uriarte Martínez de Mandojana y representado por la Procuradora Dª María Concepción Mendoza Abajo. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Iñigo Elizburu Aguirre.
En la mencionada fecha se dictó por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vitoria sentencia cuya parte dispositiva dice: "Que estimando la demanda interpuesta por D. Eusebio contra Dª Rita y Dª Elena , declaro resuelto por no uso durante seis meses, el contrato de arrendamiento que sobre el local sito en CALLE000 nº NUM000 NUM001 NUM002 de esta ciudad vinculaba a actor y demandadas, condenando a dichas demandadas a estar y pasar por esta declaración y a que, dentro del plazo legal, desalojen el citado local y lo pongan a disposición del propietario, bajo apercibimiento que, de no verificarlo, serán lanzadas de él a su costa. Se imponen las costas de este proceso a las demandadas".
Frente a la anterior resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por las representaciones de Dª Elena y Dª Rita , recursos que fueron admitidos en ambos efectos, e impugnados por la representación de D. Eusebio , elevándose los autos a esta Audiencia el 18.7.00.
Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, se formó el rollo de apelación, registrándose y turnándose la ponencia, y estimándose necesaria para la más acertada formación de una convicción fundada la celebración de la vista, se señalo la misma para el día 19.10.00 a las 12,30 horas, la que tuvo lugar informando las partes por su respectivo orden solicitando: el Letrado de la parte apelante, Sr. Pablos, la revocación de la sentencia recurrida y se dicte otra desestimando la demanda formulada por el actor con imposición de costas al demandante. El letrado Sr. González, la revocación de la sentencia de instancia y se dicte otra desestimando la demanda. La Letrada de la parte apelada, solicitó la confirmación de la sentencia recurrida, la desestimación del recurso, con imposición de costas a las recurrentes. Quedando los autos vistos para la resolución que corresponda.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Entrando en el examen de los motivos de impugnación aducidos por las apelantes, hay que comenzar señalando cómo esta Sala comparte con la sentencia recurrida que el acta de presencia del Notario Sr. Díaz de Rábago de fecha 27 de enero de 1.999 acredita que el...
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